III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-23726)
Orden ICT/1306/2022, de 21 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria mediante tramitación anticipada correspondiente al año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 190307
afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el anexo
IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
10.º Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según se detalle en la
convocatoria.
11.º Información relativa al importe y condiciones de los préstamos vivos que
hubiera obtenido de cualquier Administración o ente público, así como una breve
descripción del objeto financiado.
12.º Justificación de que la cantidad de ayuda requerida se limita a la
cantidad mínima necesaria para estimularla a llevar a cabo los proyectos primarios
en los que interviene y, como consecuencia, participar en el proyecto tractor; y que
las ayudas en dichos proyectos no conducirán a la creación de sobrecapacidades
ni reforzarán sobrecapacidades existentes en mercados en declive absoluto.
13.º Plan Específico de Eficiencia y Transición Energética, con la estructura y
contenido y en los términos que se indiquen en las correspondientes convocatorias.
14.º Modelo de declaración previsto en la Comunicación de la
Comisión 2003/C 118/03 (o el de sus modificaciones o sustituciones posteriores)
de los dos últimos ejercicios contables cerrados. Especificar si se trata de una
microempresa, pequeña, mediana o gran empresa.
15.º Consumo anual de energía primaria en MWh, relativo al año 2022, y
previsión de su reducción de consumo como consecuencia de las inversiones
realizadas. Se tendrán en cuenta los conceptos consumo de energía total,
consumo de energía por unidad de producción, ahorro energético estimado (total y
por unidad de producción), y posible variación de la producción. Se hará un
desglose por cada proyecto primario en el que participe.
16.º Para cada uno de los proyectos primarios en los que participe,
enmarcados en el bloque de digitalización, indicar si el proyecto corresponde a "el
desarrollo de tecnologías y soluciones digitales", "la adopción de soluciones
digitales para transformar sus servicios, productos o procesos" u "otros".
Especificar si, con anterioridad, ha recibido ayuda para desarrollar o adaptar
productos, servicios o procesos de aplicación digitales.
17.º Para cada uno de los proyectos primarios en los que participe, enmarcados
en el bloque de sostenibilidad, indicar las emisiones de gases de efecto invernadero,
correspondientes al año 2022, en kilogramos de dióxido de carbono equivalente, y
previsión de su reducción como consecuencia de la inversión.
18.º Declaración de ausencia de conflicto de intereses, conforme al modelo
facilitado en el anexo VIII de esta orden de bases, y que será actualizada en el
caso de que se modifique la situación respecto de la declaración original, hasta la
remisión de la propuesta de resolución definitiva.
19.º Cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con el
artículo 26 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan
presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, se establece la necesidad de
acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación,
emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que
atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia
de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.
20.º Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el
Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
cve: BOE-A-2022-23726
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 190307
afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo establecido en el anexo
IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
10.º Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según se detalle en la
convocatoria.
11.º Información relativa al importe y condiciones de los préstamos vivos que
hubiera obtenido de cualquier Administración o ente público, así como una breve
descripción del objeto financiado.
12.º Justificación de que la cantidad de ayuda requerida se limita a la
cantidad mínima necesaria para estimularla a llevar a cabo los proyectos primarios
en los que interviene y, como consecuencia, participar en el proyecto tractor; y que
las ayudas en dichos proyectos no conducirán a la creación de sobrecapacidades
ni reforzarán sobrecapacidades existentes en mercados en declive absoluto.
13.º Plan Específico de Eficiencia y Transición Energética, con la estructura y
contenido y en los términos que se indiquen en las correspondientes convocatorias.
14.º Modelo de declaración previsto en la Comunicación de la
Comisión 2003/C 118/03 (o el de sus modificaciones o sustituciones posteriores)
de los dos últimos ejercicios contables cerrados. Especificar si se trata de una
microempresa, pequeña, mediana o gran empresa.
15.º Consumo anual de energía primaria en MWh, relativo al año 2022, y
previsión de su reducción de consumo como consecuencia de las inversiones
realizadas. Se tendrán en cuenta los conceptos consumo de energía total,
consumo de energía por unidad de producción, ahorro energético estimado (total y
por unidad de producción), y posible variación de la producción. Se hará un
desglose por cada proyecto primario en el que participe.
16.º Para cada uno de los proyectos primarios en los que participe,
enmarcados en el bloque de digitalización, indicar si el proyecto corresponde a "el
desarrollo de tecnologías y soluciones digitales", "la adopción de soluciones
digitales para transformar sus servicios, productos o procesos" u "otros".
Especificar si, con anterioridad, ha recibido ayuda para desarrollar o adaptar
productos, servicios o procesos de aplicación digitales.
17.º Para cada uno de los proyectos primarios en los que participe, enmarcados
en el bloque de sostenibilidad, indicar las emisiones de gases de efecto invernadero,
correspondientes al año 2022, en kilogramos de dióxido de carbono equivalente, y
previsión de su reducción como consecuencia de la inversión.
18.º Declaración de ausencia de conflicto de intereses, conforme al modelo
facilitado en el anexo VIII de esta orden de bases, y que será actualizada en el
caso de que se modifique la situación respecto de la declaración original, hasta la
remisión de la propuesta de resolución definitiva.
19.º Cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, de conformidad con el
artículo 26 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Para las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan
presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, se establece la necesidad de
acreditar el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación,
emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que
atenderá al plazo efectivo de los pagos de la empresa cliente con independencia
de cualquier financiación para el cobro anticipado de la empresa proveedora.
20.º Compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos
necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el
Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las
autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
cve: BOE-A-2022-23726
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312