III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188195

que establece el Reglamento, se considerarán únicamente las actuaciones cuya finalidad
principal sea claramente medioambiental o climática, generando resultados de impacto
positivo cuantificables y concretos sobre las referidas políticas medioambientales y
climáticas, descartando por el contrario imputar actuaciones cuya contribución
cuantitativa al logro de dichas políticas no pueda ser determinada, o cuya finalidad
realmente sea sectorial o productiva. En el caso de actuaciones en favor de la Red
Natura 2000, se deberán contabilizar solo las actuaciones que expresamente figuren en
los Marcos de Acción Prioritaria o instrumentos de gestión de espacios Natura 2000, y no
cualquier otra actuación por el único hecho de realizarse dentro de un espacio
Natura 2000. En el caso de actuaciones para el logro de los objetivos medioambientales
de las masas de agua, contabilizar solo las actuaciones que figuren en los programas de
medidas de los planes hidrológicos con este objetivo de manera inequívoca,
contrarrestando de manera clara y medible las presiones significativas que vienen
impidiendo el logro de los objetivos medioambientales, y evitando contabilizar otras
actuaciones cuya finalidad sea la satisfacción de las demandas, tengan interés sectorial
o la justificación de su inclusión en el programa sea ambigua. En el caso de actuaciones
para la reducción de emisiones, la contaminación o los residuos, solo se contabilizarán
las que los reduzcan de una manera concreta y medible.
Los indicadores de superficie agrícola dotada de elementos del paisaje de alto valor
para la biodiversidad deben ser definidos de acuerdo con las administraciones regionales
y nacional competentes en biodiversidad.
Los indicadores de reducción de emisiones a la atmósfera por las intervenciones
deben ser coherentes con los del Sistema español de inventario y proyecciones de
emisiones de gases de efecto invernadero y otros gases contaminantes.
Los indicadores de seguimiento del estado de conservación de hábitats y especies
deben ser los de la Directiva Hábitats.
d) Conocer la efectividad y la relación coste/beneficio de las medidas cuya principal
finalidad es ambiental o climática: Permitir conocer y medir la efectividad de cada una de
las determinaciones y de los tipos de intervenciones del Plan para el logro de sus
respectivos objetivos ambientales y climáticos, así como su relación coste/eficacia. Entre
estas determinaciones y medidas se incluirán al menos:
– Las normas de condicionalidad RLG1, RLG2, RLG3, RLG4, RLG8, BCAM1.
BCAM2, BCAM4, BCAM5, BCAM8, BCAM9, BCAM10.
– Regímenes en favor del clima y el medio ambiente (todos).
– Intervenciones sectoriales de finalidad medioambiental o climática (todas)
– Compromisos medioambientales y climáticos (todos)
– Pagos por desventajas específicas resultantes de la aplicación de la directiva
marco del agua y la red natura 2000
– Inversiones de finalidad ambiental y climática: al menos las Ayudas a inversiones
en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales. Ayudas a inversiones
productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación
al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal. Ayudas a
inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación/
adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad.
Inversiones no productivas en servicios básicos en el medio natural. Inversiones
forestales no productivas en repoblación forestal y sistemas agroforestales. Inversiones
forestales no productivas en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales.
Para conocer la efectividad y la relación coste/beneficio de estas determinaciones y
tipos de intervenciones se seguirán los indicadores del Anexo 5.
e) Posibilitar un seguimiento adaptativo de la ejecución del Plan en su periodo de
programación, y generar nueva información que permita mejorar la integración de los
aspectos ambientales clave en siguientes ciclos.
Se generarán diferentes informes de resultados del seguimiento ambiental, tanto de
ámbito regional para las intervenciones del II Pilar como de carácter nacional para las del

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311