III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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de su administración sustantiva, junto con justificación de que dicha administración
autorizó la operación tras haberse asegurado de la imposibilidad de que pudiese
provocar afección sobre la Red Natura 2000. En los Anexos 6A y 6B se incluyen los
modelos de declaración responsable adoptados a estos efectos por la Red de
Autoridades Ambientales en su Plenario de 3 de marzo de 2019. No se podrá entender
cumplido este requisito si la actividad se ha realizado sin autorización o conformidad de
una administración que previamente haya verificado el cumplimiento del artículo 6.3 de la
Directiva Hábitats.
Entre tanto las administraciones competentes en Red Natura 2000 determinan las
condiciones a que se refieren los párrafos anteriores para cada tipo de inversión, con
carácter supletorio y general se considerará que se debe acreditar su cumplimiento en el
caso de inversiones se encuentran, en todo o parte dentro, de espacios de la Red
Natura 2000 o a menos de 1 km de sus límites, considerando también en este ámbito la
localización de los recursos naturales que requieren o de los residuos, vertidos o
emisiones que producen, así como los casos en que a mayor distancia de 1 km capten
agua o produzcan vertidos o retornos contaminados sobre alguna masa de agua de la
que, directa o indirectamente, depende el logro de los objetivos de algún espacio de la
Red.
Las solicitudes de ayuda que no se encuentren en tales circunstancias no requerirán
acreditar cumplir este requisito.
2. Condiciones de elegibilidad relacionadas con los principios de la economía
circular y la prevención de residuos, emisiones y vertidos contaminantes.
– Para poder financiar inversiones en actividades que generen o incrementen la
generación de residuos, emisiones o vertidos contaminantes, dichas inversiones han de
incluir las actuaciones necesarias para su adecuada prevención, reducción o gestión, de
acuerdo con la normativa en cada caso aplicable. Ello con la excepción de que se pueda
acreditar que las actuaciones normativamente necesarias ya se encuentran
implementadas.
– Para poder financiar inversiones que supongan la obsolescencia o pérdida de
funcionalidad de instalaciones, edificaciones o equipos preexistentes, la inversión deberá
incluir su desmantelamiento y la adecuada gestión de los residuos resultantes aplicando
la jerarquía de residuos. Ello con la excepción de elementos que pasen a tener otro uso
diferente y tengan una persona física o jurídica responsable, o bien de elementos que
tengan valor para la conservación del patrimonio natural, el paisaje o el patrimonio
cultural reconocido por la administración en cada caso competente.
3. Criterios generales de selección de operaciones alineados con los objetivos de
las principales políticas medioambientales y climáticas.
Priorizar las inversiones que:
– Reducen las emisiones netas de gases de efecto invernadero (GEI), incluidas las
inversiones de sustitución de maquinaria y equipos. A tal efecto, se podrá considerar el
efecto de compensación de eventuales aumentos de emisiones mediante la construcción
y mantenimiento de sumideros forestales o de otro tipo adecuados para contrarrestar o
revertir dichos aumentos.
– Facilitan la adaptación al cambio climático de los ecosistemas y del resto de usos y
actividades con que interacciona.
– Contribuyen al logro de los objetivos medioambientales de las masas de agua y
zonas protegidas y de las estrategias marinas.
– Disminuyen el uso directo o indirecto de recursos naturales, mejora la eficiencia en
el uso de materiales, reduce significativamente a generación, incineración o eliminación
de residuos (en particular los residuos de plásticos y las deyecciones y purines de la
ganadería intensiva), aplica el principio de jerarquía de residuos y de economía circular y

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311