III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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Adicionalmente, en el desarrollo del eco-régimen incluir:
– La creación y mantenimiento de nuevos elementos no productivos con valor para
la biodiversidad y el paisaje, a determinar en cada comunidad autónoma por los órganos
competentes en dichas materias.
– La prohibición del uso de pesticidas, herbicidas y fertilizantes en el espacio de
biodiversidad establecido.
– La prohibición del laboreo en dichos espacios, excepto en barbechos gestionados
para la biodiversidad, en los que se excluirá de labores la época de reproducción de las
aves a concretar por el órgano competente en biodiversidad de cada territorio, y en su
defecto entre el 15 de febrero y el 31 de agosto. Se incentivará el mantenimiento de
barbechos prolongados de más de un año de duración mediante aumento de la prima
correspondiente a los sucesivos años de acogida.
– La prohibición de empleo en los denominados «márgenes e islas de biodiversidad»
de especies o variedades no autóctonas en el territorio.
– En el caso de cultivos en regadío, el eco-régimen se limitará a los tipos de cultivo y
casos en que la administración de biodiversidad considere que puede aportar algún
valor, concretando en tales casos su contenido.
CIS(32) Ayuda a la renta asociada.
Ayudas asociadas a determinadas prácticas ganaderas:
1PD32001801V1. Ayuda asociada a la producción sostenible de leche de vaca.
1PD32001802V1. Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo.
1PD32001803V1. Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno que engordan sus propios
terneros en la explotación de nacimiento. 1PD32001804V1. Ayuda asociada a los
ganaderos para el engorde sostenible de terneros.
En paralelo al establecimiento de estas ayudas, se considera necesario establecer
unos umbrales máximos para estos tipos de ganadería intensiva acordes con la
necesidad de revertir a corto y medio plazo la contaminación puntual y difusa sobre las
masas de agua y las emisiones a la atmósfera de GEI y amoniaco que la ganadería
intensiva provoca.
Cuando estas ayudas se soliciten para explotaciones en intensivo, entre los
requisitos para su otorgamiento se considera necesario incluir:
– Acreditar el derecho al uso del agua.
– Cuando sea preceptiva, disponer de autorización de vertido y cumplir su
condicionado.
– Requerir el cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa de
gestión y valorización de residuos ganaderos para prevenir contaminación aplicable al
territorio de la explotación.
– No aplicar estas ayudas asociadas en las explotaciones intensivas situadas en
zonas en que esta actividad viene generando una presión significativa por contaminación
difusa sobre alguna masa de agua o zona protegida que por dicho motivo no cumple sus
objetivos medioambientales, incluidas las zonas vulnerables a la contaminación por
nitratos de origen agrario; ello salvo en el caso de que la administración competente
haya establecido una regulación obligatoria y específica dirigida a contrarrestar
efectivamente dicha presión en dicho territorio y posibilitar el logro de los objetivos
medioambientales en los términos y plazos indicados para ello en el Plan Hidrológico,
posibilitando la sostenibilidad medioambiental de la actividad, en cuyo caso se requerirá
al solicitante de la ayuda el acreditar su cumplimiento.
Ayudas asociadas a determinados cultivos intensivos en el uso de recursos:
1PD32001808V1. Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen
vegetal. 1PD32001809V1. Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz.
1PD32001810V1. Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha.

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311