III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188176

complementados por tratamientos químicos con insecticidas de categoría toxicológica
AAA o AAB.
1PD31001801V1. Agricultura de Carbono y Agroecología: Pastoreo extensivo, siega
y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos.
1PD31001802V1. Agricultura de Carbono y Agroecología: Pastoreo extensivo, siega
y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos.
En el desarrollo de ambos ecoesquemas de pastoreo:
– Incluir la prohibición expresa de arar, laborear o sembrar pastizales naturales y
seminaturales que sean hábitats de interés comunitario, incluidos los prados de siega de
las alianzas Arrhenatherion y Triseto-Polygonion bistortae, (HIC 6510 y 6520), con la
única excepción de las superficies de dehesas perennifolias de Quercus sp. pl.
(HIC 6310) que carezcan de otro hábitat de interés comunitario en la superficie no
cubierta por el arbolado y se pueda demostrar que dicha práctica ha venido siendo
habitual.
– Añadir el requisito de que cuando el pastoreo se realice sobre hábitats de interés
comunitario, en especial dentro de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) o Zonas de
Especial Conservación (ZEC) de la Red Natura 2000, el eco-régimen debe incorporar el
objetivo de garantizar su mantenimiento en un estado de conservación favorable, y en
sentido contrario especificar que deben prohibirse las prácticas que puedan provocar un
deterioro de su estado de conservación. La determinación del tipo de ganado, calendario
de pastoreo, cargas ganaderas máxima y mínima y de las demás prácticas adecuadas
para su mantenimiento en un estado de conservación favorable, así como de las
situaciones y prácticas inadecuadas que pueden conducir tanto al sobrepastoreo como al
infrapastoreo, deben hacerse por la administración competente en biodiversidad y
gestión de la Red Natura 2000 del territorio, debiendo poder modificarse a lo largo del
periodo de programación si el seguimiento adaptativo de el eco-régimen indica
resultados negativos o contrarios a los esperados.
– Requerir un previo plan anual de pastoreo que incluya la forma en que se van a
aplicar las determinaciones a que se refiere el párrafo anterior, dando preferencia al
pastoreo rotacional y adaptativo frente al pastoreo continuo.
– En las áreas de distribución estable de grandes carnívoros determinadas por la
administración competente en biodiversidad, incluir elementos complementarios para
mejorar la coexistencia entre la ganadería extensiva y los grandes carnívoros, centrados
en mejorar la prevención de daños, y en consecuencia incrementar el pago del ecorégimen.
– Considerar incumplido el compromiso cuando se constata que el pastoreo
realizado sobre un hábitat de interés comunitario le ha provocado deterioro o le ha
impedido alcanzar un estado de conservación favorable.
1PD31001803V1. Agricultura de carbono y agroecología: rotaciones y siembra
directa en tierras de cultivo de secano.
1PD31001804V1. Agricultura de carbono y agroecología: rotaciones y siembra
directa en tierras de cultivo de secano húmedo.
1PD31001805V1. Agricultura de carbono y agroecología: rotaciones y siembra
directa en tierras de cultivo de regadío.
La idoneidad de estos tres ecoesquemas desde el punto de vista de sus impactos
sobre el medio ambiente y el clima debe reconsiderarse, y en su caso reforzarse con
compromisos que aumenten significativamente y de forma no reversible la retención de
carbono en el suelo y disminuyan las emisiones de gases de efecto invernadero sin
provocar impactos ambientales negativos sobre la biodiversidad, el agua y la salud.
En caso de que se mantengan, en su desarrollo:
– Se precisa establecer algún sistema que garantice una adhesión permanente a la
práctica para asegurar la irreversibilidad de la captura de carbono realizada. En caso

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311