III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022
5.1

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Intervenciones de pagos directos.

Regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecoregímenes).

– Eco-régimen de gestión de barbechos para la biodiversidad, propuesto por la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITERD, con las
siguientes características: periodo sin actividad agrícola entre el 15 de febrero y el 31 de
agosto, no aplicación de herbicidas, posible pastoreo fuera del periodo entre el 15 de
marzo y el 30 de junio sin superar 0,6 UGM/hectárea, y laboreo mecánico o siegas
limitadas al periodo entre el 1 de septiembre y el 14 de febrero. Se incentivará mediante
un aumento de la ayuda el mantenimiento de la misma parcela en barbecho durante dos
o tres años.
– Eco-régimen de conservación de polinizadores, propuesto por la Dirección General
de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, con compromiso de reducción progresiva
de aplicación de fitosanitarios.
– Eco-régimen aplicable a la superficie de regadío que capte agua de masas de
agua que no cumplen sus objetivos medioambientales y presenten presión por
extracciones, en particular en sistemas de explotación con un índice WEI+ igual o
superior al 40%, en que a través del empleo de cultivos con menores necesidades
hídricas se pueda garantizar una reducción de al menos un 10% del consumo de agua
respecto a los años precedentes.
– Eco-régimen que contribuya a la reducción de las emisiones de amoniaco y de los
excedentes de nitrógeno, tanto por aplicación de fertilizantes en la agricultura como por
la ganadería intensiva, propuesto por la Subdirección General Aire Limpio Sostenibilidad
Industrial del MITERD.
– Eco-régimen para la producción de arroz, orientado a reducir la contaminación
difusa y emisiones del cultivo y a aumentar su valor para las aves acuáticas, con
supresión de empleo de herbicidas, control de la vegetación arvense mediante
enfangado de noviembre a mayo o medios mecánicos, y limitación de los tratamientos
contra el barrenador del arroz (Chilo supressalis) a los biológicos, en su caso

cve: BOE-A-2022-23029
Verificable en https://www.boe.es

Para cada eco-régimen, cuantificar su contribución esperada al logro de las
principales políticas medioambientales y climáticas a las que se indica que se dirige, al
menos en las unidades indicadas en el Anexo 2, de manera que se pueda conocer en
qué medida se prevé que contribuya al logro de sus respectivos objetivos cuantitativos
(indicador de impacto).
De acara a su aplicación en espacios Red Natura 2000, los requisitos de los ecoregímenes deben ser revisados y validados, o en su caso adaptados o modificados, por
el órgano competente para su gestión y conservación, de manera que se asegure su
alineamiento con el logro de sus respectivos objetivos de conservación, determinados en
los respectivos planes de gestión, y se evite que puedan provocarles un impacto
negativo apreciable. En estos espacios no se aplicarán los eco-regímenes que resulten
contrarios a las determinaciones y orientaciones de los respectivos planes de gestión.
En espacios Red Natura 2000, cuando estén claramente alineados con las
orientaciones de los planes de gestión, se posibilitará la acogida simultánea de una
misma parcela a dos o más eco-regímenes, y se incentivará la acogida mediante un
aumento en la ayuda.
En las comunidades autónomas que tienen definidos sus Sistemas de Alto Valor
Natural, deberá igualmente revisarse el grado de alineamiento de los eco-regímenes con
sus respectivos fines, para en su caso adoptar las modificaciones necesarias para
aumentar su valor natural o para impedir que dicho valor se deteriore.
Se considera necesario diseñar, en estrecha colaboración con las administraciones
medioambientales estatal y regionales, nuevos eco-regímenes sobre los siguientes
aspectos para procurar incorporarlos al Plan en su primera modificación: