III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188167

seguimiento y evaluación, a interpretar sus resultados, a enriquecer sus conclusiones y a
generar ámbitos de actuación innovadores en futuros ciclos de planificación. Ello al
menos para las materias de biodiversidad, protección del agua, calidad ambiental y
cambio climático.
7.4 Condicionalidad (sistema de control de los requisitos y condiciones ambientales
y de sanción de incumplimientos).
La Oficina Española de Cambio Climático considera que la previsión de hacer
solamente un 1% de muestra para controles in situ es insuficiente para la ambición
ambiental y climática que debería tener la PAC. En el mismo sentido se pronuncia la
Comisión Balear de Medio Ambiente, que la considera particularmente importante en
operaciones que afecten al agua o a la Red Natura 2000.
La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del País Vasco considera que
la sanción de reducción del 3% del ingreso anual establecida para el caso de
incumplimiento de la condicionalidad es muy reducida y no contribuye a desarrollar una
cultura y compromiso con el medio ambiente en el sector.
WWF España, SEO/Birdlife y la Fundación Global Nature también plantean la
necesidad de incrementar muy significativamente el porcentaje de la muestra de
solicitudes de ayuda sometidas a auditoría de condicionalidad por encima del actual 1%
de los beneficiarios, de graduar las penalizaciones de acuerdo con la gravedad del
incumplimiento, en particular para infracciones relacionadas con el agua o la Red
Natura 2000, y de establecer mecanismos de coordinación con las administraciones
ambientales y la fiscalía.
Una buena parte de los informes y alegaciones recibidas ponen de manifiesto la
insuficiencia de limitar el porcentaje de controles sobre el terreno al 1% y de la cuantía
de sanciones prevista en casos de incumplimiento, especialmente en los tipos de
operaciones potencialmente causantes de impactos ambientales graves o para las
normas de condicionalidad cuyo incumplimiento puede igualmente provocar impactos
significativos. Se reconoce la necesidad de mejorar significativamente este porcentaje en
lo relativo a explotaciones de cualquier tipo que han ejecutado un proyecto legalmente
sometido a previa evaluación de impacto ambiental sin disponer de declaración o informe
de impacto ambiental favorable o incumpliendo las condiciones indicadas en dichas
resoluciones; explotaciones en regadío que utilizan el agua sin disponer de derecho
habilitante para ello o lo hacen incumpliendo el condicionado aplicable; explotaciones en
regadío que captan agua de masas de agua superficial o subterránea que no alcanzan el
buen estado y presentan presión por extracciones; explotaciones en regadío y
explotaciones ganaderas intensivas provocando contaminación difusa o puntual sobre
zonas vulnerables, masas de agua subterránea con mal estado químico o superficies
que drenan a masas de agua superficial que no alcanzan el buen estado y presentan
presión por contaminación puntual o difusa agraria, en particular cuando hayan
incumplido la normativa de prevención de la contaminación difusa o carezcan de
autorización para realizar vertidos puntuales; y a explotaciones en espacios Red
Natura 2000, en particular si han roturado superficie de algún hábitat de interés
comunitario sin autorización.
Estrategia de Digitalización.

El establecimiento de un Sistema de Información de Explotaciones Agrarias (SIEX)
se considera una oportunidad que puede contribuir en gran medida a mejorar la
integración de los aspectos medioambientales en la futura aplicación del Plan. Para ello,
se considera necesario que dicho sistema incorpore información medioambiental
particularmente relevante a los efectos de conocer los impactos potenciales que se
pueden provocar a escala de explotación por aplicación de las ayudas y demás
decisiones del Plan. En concreto, se considera necesario que incorpore información al
menos sobre si las parcelas agrícolas de regadío o de secano se localizan en superficies

cve: BOE-A-2022-23029
Verificable en https://www.boe.es

8.5