III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 188151

Por otra PAC, SEAE y SEO/Birdlife requieren diferenciar el tratamiento de los prados
de siega que son hábitats de interés comunitario (HIC 6510 y 6520) de los cultivos
comerciales genéricos de forrajes, centrando la ayuda en los primeros; conservar los
márgenes y setos perimetrales en un buen estado de conservación y prohibir el
desbrozado mecánico en los márgenes perimetrales; dar más apoyo al pastoreo
extensivo rotacional, definir umbrales de densidad adecuados a cada tipo de pastizal y
establecer medidas adicionales para la coexistencia de la ganadería extensiva con
grandes carnívoros.
La Fundación SAVIA por el compromiso y los valores reconoce que la protección y
desarrollo de la ganadería extensiva es una necesidad imperiosa, dada la actual
ausencia de un proyecto de futuro para los pastos y la ganadería extensiva, y manifiesta
la necesidad urgente de reconstruir lo que denomina «trípode pastos-dehesa-ganadería
extensiva» y de abordar un plan de protección y restauración de la dehesa, cuya
capacidad de absorción de CO2 es muy superior a la de cualquier cultivo.
Tras la participación pública, el estudio plantea de forma inconcreta diversificar esta
práctica, establecer criterios de selección de operaciones medioambientales y climáticos,
limitar, que no prohibir, el uso de fertilizantes y plaguicidas, y mantener al menos un 80%
de la superficie acogida los años sucesivos.
Esta medida requiere limitar el tipo de ganado, las cargas y los periodos de pastoreo
a escala de cada comunidad autónoma y de cada zona de pastos, de conformidad con
las indicaciones que haga la administración de biodiversidad del territorio para alinear la
medida con el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los pastizales
que sean hábitats de interés comunitario, entre los que se encuentran varios tipos de
pastizales que deben seguir modelos de gestión propios y diferentes (praderas y prados
de diente, dehesas de quercíneas, prados de siega). Esta regulación debe ser objeto de
un seguimiento adaptativo en el que participe dicha administración para permitir verificar
si la regulación en cada caso adoptada verdaderamente contribuye a dicho estado de
conservación favorable, y en su caso realizar los ajustes que procedan. En pastos que
también sean hábitats de interés comunitario deben prohibirse todas las actuaciones que
puedan deteriorar su estado de conservación o impedir que alcancen un estado de
conservación favorable, y extenderse a la conservación los elementos que completan su
caracterización y funcionalidad (setos, arbolado disperso, cerramientos de piedra), así
como a la recuperación de superficies perdidas en el pasado por roturaciones de fines
agrarios. Particular importancia y financiación debe prestarse en esta medida a la
regeneración de las dehesas.
Este compromiso orientado a la ganadería debería igualmente incorporar medidas
complementarias que favorezcan la coexistencia de la ganadería extensiva con los
grandes carnívoros en las zonas donde existen, así como medidas complementarias de
apoyo a la práctica ganadera milenaria de la trashumancia.
El diseño territorial y la programación de esta medida debe incorporar las previsiones
que contengan al respecto los Marcos de Acción Prioritaria a Natura 2000.
Apicultura para la biodiversidad.

WWF, SEO/Birdlife y Por otra PAC plantean no limitar la ayuda a la abeja Apis
mellifera y extenderla a todos los demás polinizadores, desincentivar el uso de
neonicotinoides, vincular la ayuda a la Estrategia nacional para conservación de
polinizadores, incluir la creación de barreras naturales contra la deriva de aplicación de
fitosanitarios y añadir medidas preventivas de ataques de oso en zonas con presencia de
esta especie.
Tras las alegaciones, el estudio únicamente plantea establecer criterios de selección
de operaciones que den valor añadidos, sin concretarlos, y requerir mantener acogida al
menos el 80% de la superficie acogida el primer año.
Se considera que esta medida, además de dirigirse a la apicultura, debe dirigirse al
conjunto de especies polinizadoras silvestres, siguiendo las directrices de la Estrategia
Nacional para la Conservación de los Polinizadores aprobada por la Conferencia

cve: BOE-A-2022-23029
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