III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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los distintos eco-regímenes se debería incrementar, a nivel de percepción anual de
ayudas por cada beneficiario, en un 10% en las superficies incluidas en áreas
Natura 2000.
La Dirección General Patrimonio Natural de Galicia considera que la imposibilidad de
acogerse a 2 ecoesquemas puede reducir mucho la efectividad de las medidas sobre lo
planteado en el Estudio ambiental estratégico. Y a la vista de todos los planteados y de
sus compromisos concluye que no es esperable que su impacto positivo sobre la
biodiversidad sea inmediato ni general.
La Comisión Balear de Medio Ambiente advierte que ecoesquemas incluidos en el
Plan tienen escasa o nula contribución a numerosos objetivos medioambientales,
incluidos los objetivos de adaptación al cambio climático, conservación de terrenos
forestales, reducción de emisiones a la atmósfera de material particulado, mantenimiento
de la biodiversidad agroforestal, conservación de la Red Natura 2000, reducción de la
aplicación y de los efectos medioambientales de los fitosanitarios, o la coexistencia de la
ganadería extensiva con grandes carnívoros. Hay prácticas en estos ecoesquemas que
no contribuyen a ningún objetivo medioambiental o climático concreto. Por ello, plantea
revisarlas.
La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del País Vasco considera que
los ecoesquemas incluidos en el PEPAC son insuficientes para impedir o revertir la
pérdida de biodiversidad agraria.
WWF y SEO/Birdlife ponen de manifiesto el notable desequilibrio entre el
presupuesto destinado a estas prácticas en cultivos de herbáceos en secano (unos 270
M€/año) frente a las de herbáceos en regadío (unos 170 M€/año) atendiendo a la
superficie que ocupa cada tipología de sistema productivo (unas 8,7 millones de
hectáreas en secano, frente a los cerca de 2 millones de hectáreas en regadío). Esto
significa que el PEPAC mediante estos eco-regímenes va a dar mayor apoyo a los
modelos de agricultura más intensivos, lo que resulta contradictorio con su finalidad
declarada, y requiere de un reajuste presupuestario en favor de los secanos. También
reclama la posibilidad de acogerse en la misma superficie a más de un ecoesquema, y la
necesidad de establecer criterios para definir las prácticas más adecuadas para
Sistemas de Alto Valor Natural (SAVN) y los espacios de la Red Natura 2000 y la
reducción de agroquímicos, aumentando el nivel de apoyo en las explotaciones con
mayor contribución a los objetivos medioambientales en lugar de establecer ayudas
planas.
El plan no concreta la medida en que se espera que cada eco-régimen contribuya al
logro de los objetivos medioambientales y climáticos hacia los que se declara dirigido.
Ello impide cuantificar en esta evaluación su impacto positivo esperado sobre dichos
objetivos medioambientales y climáticos y conocer su relación coste/ efectividad, y
también dificultará el poder hacer en el futuro una evaluación correcta de su impacto y
contribución real a dichos objetivos. Se considera necesario que el plan cuantifique la
contribución esperada de cada eco-régimen al menos a los objetivos indicados en el
Anexo II de esta resolución para las principales políticas medioambientales y climáticas.
El diseño de eco-regímenes por el que se ha optado prevé su aplicación
básicamente plana en el conjunto del territorio nacional. Para el logro de muchos
objetivos medioambientales vinculados a la diversidad y a las singularidades de cada
territorio, como son muchos de los relacionados con el agua o la biodiversidad, esta
fórmula de aplicación plana supone no concentrar la aplicación de la medida en las
zonas donde sus impactos ambientales pueden ser más claros y positivos, diluyendo su
efectividad y generando resultados que fuera de dichas zonas pueden ser
medioambientalmente irrelevantes. Adicionalmente, el diseñarlos de una forma plana
para el conjunto del estado sin optimizar su diseño atendiendo a la realidad de la
agricultura y a las necesidades medioambientales de cada territorio, puede provocar
impactos ambientales que en algunas zonas no resulten claramente positivos sino
erráticos o incluso contraproducentes. Por ello, se considera que para su aplicación en
ámbitos medioambientales particularmente importantes y vulnerables, como pueden ser

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311