III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2022-23011)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con el Consorcio de la Zona Especial Canaria, para el intercambio de información de carácter tributario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 187761

– Información censal: Altas y bajas en el censo de la Agencia Tributaria de las
entidades ZEC y bajas en el IAE y en el Índice de Entidades. Modelos 036 y 037 de las
entidades ZEC que se hayan dado de ata o de baja durante el ejercicio, así como
información de las entidades ZEC a las que se les ha revocado el NIF.
– Información sobre los expedientes que se hayan incoado por la Agencia Tributaria
a empresas ZEC por incumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa para
poderse acoger a ese régimen fiscal.
– Información del modelo 282. Declaración informativa anual de ayudas recibidas en
el marco del REF de Canarias y otras ayudas de Estado, derivadas de la aplicación del
derecho de la Unión Europea.
A.2) Cesión de información con fines estadísticos:
– Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) de las entidades ZEC, con el detalle
señalado en el anexo del presente convenio.
Se podría, en su caso, remitir información equivalente del modelo 220, de existir
alguna entidad ZEC afectada.
B)

Suministros del Consorcio ZEC a la Agencia Tributaria.

– Altas y bajas en el Registro Especial de Entidades ZEC y la fecha de unas y otras.
– Objeto social y tipo de actividades de las entidades a las que se concede el
régimen ZEC.
– País de origen de la mayor parte del capital de las entidades a las que se concede
el régimen ZEC
– Expedientes sancionadores incoados y entidades a las que afectan.
– Fichero de todas las Entidades Inscritas en el Registro de la ZEC, especificando el
país de origen del capital, con la finalidad de contrastar esa información con la
declaración del Impuesto sobre Sociedades que presentan o con la Base de Datos de la
Agencia Tributaria en su caso, si no presentan declaración o si son empresas inactivas.
El respeto a los principios de eficiencia y minimización de costes obliga al tratamiento
telemático de los intercambios de información recogidos en este convenio, que se
realizará con periodicidad anual.
Octava. Tratamiento de datos personales.

Novena.

Control y seguridad de los datos suministrados.

El control y seguridad de los datos suministrados se regirá por lo dispuesto en la
normativa vigente en cada momento en materia de seguridad de la información y, en
particular, en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, modificado por el
Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre, y en la Política de Seguridad de la Información
de la Agencia Tributaria y el Consorcio ZEC.

cve: BOE-A-2022-23011
Verificable en https://www.boe.es

En el caso de que la información incorpore datos personales de los interesados,
tanto el Consorcio ZEC como la Agencia Tributaria tratarán los datos de acuerdo al
Reglamento General de Protección de Datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos tratados en este convenio tienen la categorización de información
tributaria.
En el caso de la Agencia Tributaria, el responsable del tratamiento a efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el titular de la Dirección General.
En el caso del Consorcio ZEC, el responsable del tratamiento a efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el titular de la Dirección de régimen
interior, supervisión y control.