III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23017)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, Operadora y sus tripulantes pilotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 187942

En caso de que uno de los beneficiarios sea un menor de edad que no viaje
acompañado por un adulto, el titular podrá contratar el servicio de UM para el menor que
utilice uno de los billetes a los que tenga derecho como beneficiario, aplicándose lo
siguiente:
– Hasta los 12 años del menor- sin coste alguno.
– A partir de 12 años- el titular tendrá derecho a un 50% de descuento sobre el
precio oficial de venta al público.
Este beneficio se aplicará en los vuelos de Iberia, no incluyendo vuelos de Iberia
Express, Level ni Air Nostrum.
Artículo 146.

Normas comunes.

1. La utilización de estos trayectos será única y exclusivamente para viajes de
carácter personal, no pudiéndose hacer uso comercial ni obtener ningún tipo de beneficio
económico o lucro con los mismos.
2. A los efectos de lo recogido en este capítulo, tendrán la misma consideración la
inscripción como pareja de hecho que la situación de convivencia marital.
En este sentido, para el reconocimiento de la pareja de hecho se deberá justificar
fehacientemente la constitución de la misma mediante certificado de inscripción en el
Registro de Uniones de Hecho. En caso de la convivencia marital se requerirá certificado
que justifique la convivencia marital con el titular durante 2 años.
3. Los billetes recogidos en el artículo 144 y en la concesión genérica del
artículo 145. A) serán de utilización en clase turista o business:

4. Para tener derecho a billetes free o con descuento para los hijos y padres, se
deberá demostrar en forma fehaciente que dependan económicamente del beneficiario,
así como que conviven con éste en los casos en que la convivencia sea también
exigible.
5. El derecho a billetes, reconocido en estas normas, implica que el piloto y sus
beneficiarios se provean del oportuno billete de pasaje corriendo a su cargo los
impuestos, seguros, tasas o equivalentes correspondientes.
El origen del viaje y destino de los billetes, regulado en el presente capítulo no será
necesario que coincidan con el punto de residencia habitual del piloto o beneficiario.
No obstante lo estipulado en el párrafo anterior, cuando el billete sin reserva de plaza
se inicie y finalice en el lugar de residencia habitual del titular y sea imprescindible la
utilización de más de un cupón de vuelo para realizar el viaje, por no existir vuelos que
permitan realizarlo con uno solo, los segmentos necesarios para enlazar desde el punto
de salida con el final de trayecto y regreso, no serán computados a efectos de limitación
de su cupo anual.
Al transporte de pilotos y beneficiarios se le aplicarán las normas de responsabilidad
de la Ley de Navegación Aérea o convenio de Varsovia, según proceda, así como
condiciones de transporte de IATA.
En las irregularidades que se cometan en materia de billetes free o reducidos, la
Dirección sancionará, en todos los casos con el abono total del importe del mismo así

cve: BOE-A-2022-23017
Verificable en https://www.boe.es

a) Los billetes free ID00R1 y zonales con reserva de plaza (Z1) pueden ser
emitidos en clase business o turista, según petición del empleado.
b) Los billetes free ID00R2 sin reserva de plaza pueden ser emitidos en clase
business o turista, según petición del empleado.
c) Los billetes zonales Iberia sin reserva de plaza (Z2) solo pueden ser emitido en
clase turista.
d) A los efectos de este apartado 3, en caso de que el avión opere sin clase
business, pero sí con clase turista premium, la referencia a clase business se entenderá
hecha a clase turista premium.