III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23017)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, Operadora y sus tripulantes pilotos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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como la inhabilitación al titular y sus familiares por tiempo fijo o ilimitado para nuevas
concesiones sin perjuicio de las sanciones reglamentarias que pudieran corresponderles.
6. En los viajes con motivo de vacaciones reglamentarias se garantiza el regreso
mediante reserva de plaza si con billete sin reserva hubiera imposibilidad de regresar en
la fecha prevista para la incorporación del piloto a su puesto de trabajo.
A tal fin, cuando los vuelos sean diarios, esta transformación se efectuará a partir del
momento en que el piloto se haya presentado tres veces en el aeropuerto para el
regreso sin lograrlo.
Cuando se trate de vuelos no diarios, la transformación se realizará después de la
segunda presentación.
El tanto por ciento del personal que puede volar en estas condiciones no excederá
el 5 por 100 de las plazas en cada vuelo.
En caso de exceder las solicitudes de este 5 por 100 se confeccionará una lista de
espera de estos trabajadores para su embarque sucesivo por orden de fecha de
incorporación al trabajo y, en caso de coincidir ésta, por orden de presentación.
Para poder hacer uso de este derecho de reserva de plaza, serán condiciones
indispensables el disfrute de las vacaciones anuales y tener un justificante del Gestor de
Flota correspondiente, donde se exprese la fecha de su incorporación al trabajo.
7. Los billetes free o con descuento obtenidos por los pilotos o beneficiarios dentro
del año natural tendrá como límite de validez la fecha de 31 de enero del año siguiente a
su emisión, salvo que se trate de asistir a cursos escolares, en cuyo caso finalizarán en
la fecha que terminen los mismos.
8. Todos los billetes free u otros de descuento de empleados recogerán en su
emisión, una cantidad a tanto alzado que contemple las diferentes tasas
gubernamentales (tasas de seguridad aeroportuarias, servicio aeropuertos, tránsitos,
etc.) establecidos en cada país, así como las establecidas en convenio colectivo.
La emisión, con un precio único en función de la clase para la que se emite el billete,
Turista o Business, se hará en función de las rutas, revisándose anualmente de acuerdo
con las variaciones medias aplicables en los diferentes itinerarios de cada zona afectada.
Los billetes estarán sujetos al pago de las correspondientes tasas por segmento o
cupón de vuelo, que se comunicarán anualmente a la Sección Sindical de Sepla en
Iberia.
A partir del 1 de febrero de cada año, se actualizarán las tasas citadas anteriormente.
La compañía reducirá un porcentaje del precio a pagar según lo establecido en
párrafos anteriores y el apartado 11 de este artículo, por los billetes free sin reserva
(ID00R2) a los que da derecho el convenio colectivo, de modo que la compañía reducirá
un 50% el precio para los billetes de la red nacional y europea y un 90% el precio para
los billetes en el resto de la red. En el caso de los billetes con descuento sin reserva
(Z2), la compañía reducirá el precio en un 25%.
9. En la concesión de billetes gratuitos con reserva de cupo anual a los pilotos y los
beneficiarios contemplados en el artículo 145, A), quedan suprimidas todo tipo de
reservas durante los períodos que a continuación se determinan:
25 de junio a 5 de septiembre, ambos inclusive.
20 de diciembre a 9 de enero, ambos inclusive.
7 días antes del lunes de Pascua hasta 2 días después.
No obstante lo indicado anteriormente, podrán utilizar dos segmentos en cada época
restrictiva. La utilización de esta reserva está condicionada a que el titular tenga
asignadas vacaciones reglamentarias por un periodo no inferior a 7 días naturales y que
coincidan en todo o en parte con el periodo restrictivo en que se pretenda la reserva.
Quedan exceptuados de lo regulado en el apartado los billetes zonales en Iberia con
reserva de plaza (Z1).
10. Las tasas de emisión contempladas en el punto 8, así como la supresión de
todo tipo de reservas durante los períodos indicados en el punto 9, serán de aplicación a
cualquier billete free concedido a los trabajadores afectados por el presente convenio, ya

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Núm. 311