III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-23016)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para los establecimientos financieros de crédito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 187873

Las sanciones requieren comunicación motivada a la persona sancionada. En
cualquier caso, la empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores,
al mismo tiempo que al propio afectado, de toda sanción que imponga.
Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la
gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
a) Por faltas leves: Amonestación verbal, amonestación por escrito, suspensión de
empleo y sueldo de un día.
b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días.
c) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de once a
sesenta días, hasta el despido.
CAPÍTULO XI
Política sindical
Artículo 48.

Derechos sindicales.

En materia de derechos sindicales se estará a lo dispuesto en la legislación vigente
en cada momento.
Artículo 49. Comités de empresa, comités de seguridad y salud, delegados de
personal, sindicales y de prevención.
a) En el caso de los miembros de los comités de empresa, delegados sindicales, o
cuando sean varios los delegados de personal en la empresa, se podrá acumular, en uno
o varios de los mismos, la reserva legal de horas que a la totalidad le corresponde.
Cuando en el centro de trabajo existiera un solo delegado de personal, se entenderá
que el crédito de horas de reserva es trimestral y por un total de 45 horas.
b) En el caso de disminución significativa de la plantilla, se producirá la automática
reducción de representantes de los trabajadores, para ajustar sus miembros al volumen
de personal, salvo que dicha reducción implique la total desaparición de representantes
legales de los trabajadores.
Se entenderá por disminución significativa de plantilla, cuando ésta se produzca en
un 10 % respecto de la media del personal de plantilla en activo en un período de tres
meses anteriores.
c) Los delegados de prevención, de conformidad con lo establecido en la
Ley 31/1995, serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito
de los órganos de representación previstos en dicha norma.
Asimismo, se constituirá el comité de seguridad y salud en los supuestos previstos
en el artículo 38 de la citada ley.
En ambos casos, las competencias y facultades de esta representación serán las
señaladas en la legislación anteriormente referida y sus normas de desarrollo.
De los sindicatos.

1. Las empresas deberán respetar el derecho de todo el personal a su cargo a
sindicarse libremente, sin que puedan sujetar su empleo a la condición de que no se
afilien o renuncien a su afiliación.
Consecuentemente, tampoco podrán las empresas despedir, o de otra forma
perjudicar, a su personal a causa de las actividades sindicales que les vengan
reconocidas.
2. Los representantes sindicales que participen en las comisiones negociadoras de
Convenios Colectivos y comisiones paritarias previstos en los mismos, manteniendo su
vinculación como personal de plantilla en activo en alguna empresa, tendrán derecho a
la concesión de los permisos retribuidos que sean necesarios para el adecuado ejercicio

cve: BOE-A-2022-23016
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Artículo 50.