I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-22685)
Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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régimen retributivo específico. Sin embargo, no indica cómo se realizará la estimación
del precio del combustible a partir del 1 de enero de 2023.
Por ello, en este real decreto-ley se establece con precisión cómo se debe realizar la
estimación del precio del combustible a partir del 1 de enero de 2023 y hasta que sea de
aplicación la nueva metodología de actualización de la retribución a la operación, de
forma que proporcione seguridad jurídica a los titulares de las instalaciones cuyos costes
dependen esencialmente del precio del combustible. De no llevarse a cabo esta
precisión, los titulares de las instalaciones podrían verse inducidos a parar sus
instalaciones, lo que tendría un impacto negativo por aumento del coste del mecanismo
de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el
mercado mayorista regulado en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, ya que
estas instalaciones, mayoritariamente cogeneraciones, serían sustituidas por ciclos
combinados. Además, en determinadas circunstancias en las que la producción
renovable es muy baja se tensionaría la seguridad de suministro, todo lo cual supondría
un efecto negativo sobre la industria asociada.
Con el fin de contribuir a la sostenibilidad económica del sistema eléctrico, se
aprueba un crédito extraordinario de 2.000 millones de euros para cubrir los costes
financiados por los cargos que corresponden al ejercicio 2022. Con esta aportación de
carácter extraordinario se pretende compensar el déficit del sistema eléctrico y contribuir
al equilibrio del mismo.
La situación de altos precios de la electricidad ha hecho que se produzca un fuerte
descenso en los cargos del sistema eléctrico, en tanto que los elevados precios del CO2
ha tenido como efecto ingresos extraordinarios en el ejercicio 2022, lo que hace prever
que este año se pueda saldar con un cierto superávit en lo relativo a cargos.
Si una vez realizada la última liquidación provisional, la conocida como
«liquidación 14», se estima que pudiera haber un superávit, y si este fuera superior a los
costes adicionales que pudieran aflorar entre la liquidación 14 y la liquidación de cierre,
parece prudente inyectarlos en las liquidaciones del ejercicio 2023 con el fin de evitar
tensiones en la tesorería de los sujetos de liquidaciones en el año 2023.
No obstante, lo anterior, si por circunstancias sobrevenidas finalmente fuesen
necesarios más fondos para 2022, la disposición prevé un mecanismo que revierta dicho
trasvase de fondos en caso de ser necesario.
Se modifica el procedimiento de liquidación con las comercializadoras de último
recurso del déficit ocasionado por las medidas del artículo 2.10 del Real Decretoley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la
protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo
de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como
medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de
protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía, de
forma que los abonos a las empresas tengan carácter trimestral.
La extraordinaria y urgente necesidad de esta medida de protección a los
consumidores, de carácter temporal y excepcional, se justifica ante la imprevisibilidad,
gravedad e inmediatez de la coyuntura actual, y tiene por objeto modificar la forma de
abonar el déficit generado por la medida a los comercializadores de último recurso.
La coyuntura actual de elevados precios del gas natural y de volatilidad ha llevado al
gobierno a tomar medidas para reducir el impacto sobre el precio del mercado eléctrico,
destacando en primer lugar la aprobación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo,
por el que se revisan los parámetros del régimen retributivo específico para el año 2022;
la creación del mecanismo de ajuste del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo; y
finalmente, la aprobación del Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que
se regula la renuncia al régimen retributivo específico para la participación en el citado
mecanismo.
Determinadas instalaciones de valorización energética de residuos utilizan
parcialmente gas natural como combustible junto con los residuos para generar

cve: BOE-A-2022-22685
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Núm. 311