I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-22685)
Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022
Artículo 36.

Sec. I. Pág. 185876

Cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado.

1. El importe de las ayudas percibidas no podrá superar la cantidad máxima por
beneficiario prevista para ayudas por importes limitados de ayuda de acuerdo con las
Decisiones al respecto aprobadas de conformidad con las normas del Marco Temporal
Europeo Ucrania.
El importe resultante tampoco podrá ser superior al límite mencionado en el párrafo
anterior, teniendo en cuenta las ayudas concedidas a otras empresas por considerarse
empresas asociadas, en los siguientes términos:
a) Son «empresas asociadas» todas las empresas a las que no se puede calificar
como empresas vinculadas a tenor del apartado b) y entre las cuales existe la relación
siguiente: una empresa (empresa participante) posee, por sí sola o conjuntamente con
una o más empresas vinculadas, a tenor del apartado b), el 25 % o más del capital o de
los derechos de voto de otra empresa (empresa participada).
b) Son «empresas vinculadas» las empresas entre las cuales existe alguna de las
siguientes relaciones: una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los
accionistas o socios de otra empresa; una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a
la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra
empresa; una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en
virtud de un contrato celebrado con ella o de una cláusula estatutaria de la segunda
empresa; una empresa, accionista de otra o asociada a otra, controla sola, en virtud de
un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda empresa, la mayoría
de los derechos de voto de sus accionistas o socios.
2. Con carácter previo a la percepción de las ayudas, los solicitantes deberán
presentar, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 31 de enero
de 2023 y hasta la finalización del plazo de vigencia de las ayudas:

3. Adicionalmente, los solicitantes deberán presentar, ante la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, una declaración responsable en el momento en el que superen
la cuantía máxima permitida, en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del
Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea en su Decisión S.A.
102771 (2022/N), modificada por las Decisiones SA.103941 y SA.104884, (en adelante,
Marco Nacional Temporal Ucrania) y las relativas a los mismos costes subvencionables
que hayan recibido de conformidad con los Reglamentos de mínimis, del Reglamento de
Exención por Categorías, del Marco Temporal relativo a la COVID-19 y las ayudas que
hayan podido recibir destinadas a reparar los perjuicios causados por acontecimientos

cve: BOE-A-2022-22685
Verificable en https://www.boe.es

a) Una declaración responsable en la que se señale expresamente que la empresa
solicitante se ha visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la
invasión de Ucrania, por las sanciones impuestas por la comunidad internacional contra
Rusia o por las contramedidas adoptadas por esta.
b) Una declaración por escrito de cualesquiera otras ayudas que en aplicación del
Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal aprobado por la
Comisión Europea en su Decisión SA.102771 (2022/N), modificada por las Decisiones
SA.103941 y SA.104884, (en adelante, Marco Nacional Temporal Ucrania) haya recibido.
Asimismo, deberán declarar las ayudas relativas a los mismos costes subvencionables
que hayan recibido de conformidad con los Reglamentos de mínimis, del Reglamento de
Exención por Categorías, del Marco Temporal relativo a la COVID-19 y las ayudas que
hayan podido recibir destinadas a reparar los perjuicios causados por acontecimientos
de carácter excepcional en aplicación del artículo 107.2.b) del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea como consecuencia de la invasión de Ucrania por
parte de Rusia.
c) Una declaración por escrito en la que se identifiquen a las empresas con las que
se encuentres vinculados y asociados, en los términos definidos en el apartado 1
anterior.