I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-22685)
Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 185826

resulta necesario mantener una bonificación extraordinaria y temporal en el precio de
determinados productos energéticos para este colectivo en particular.
Se trata de empresas de un sector altamente dependientes de estas fuentes de
energía y que permitirá que sigan amortiguando de forma inmediata el efecto sobre su
situación económica de la subida de los precios.
Para facilitar la viabilidad de la bonificación y evitar cargas adicionales en su
implementación, se aprovechan los mecanismos y procedimientos asociados a la
devolución parcial por el gasóleo de uso profesional para los beneficiarios que ya
disfrutan de ésta y del sistema de ayudas directas ya empleado en el Real decretoley 6/2022, de 29 de marzo y Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, para el resto de
los beneficiarios.
Por su parte, el incremento del precio del combustible motivó la modificación
temporal, hasta el 31 de diciembre de 2022, de la fórmula aplicable para la revisión del
precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible
para ajustar el peso real que el coste del combustible tiene respecto el total de costes.
Las previsiones económicas en torno al precio actual de los combustibles hacen
aconsejable prorrogar durante 6 meses más la medida, adecuando el factor que
determina el peso del coste de combustible en la determinación de la revisión del precio
del transporte.
Además de las medidas de apoyo al sector, una de las medidas más importantes de
respuesta a la guerra es la bonificación del transporte público de viajeros.
Así, se prorroga durante 2023 la gratuidad de los títulos multiviaje de transporte
ferroviario de cercanías, rodalíes y media distancia competencia del Estado. Es el caso
de Renfe Viajeros SME SA. para usuarios recurrentes en los servicios de cada uno de
los núcleos de Cercanías y Rodalies, así como para los servicios ferroviarios de Media
distancia declarados como obligación de servicio público por las administraciones
competentes, resultando muy positiva la valoración de los resultados de la medida con
los datos del último trimestre.
Por otra parte, la movilidad del eje Alicante-Murcia gracias a la puesta en servicio del
último tramo de línea de altas prestaciones permite dotar a ese importante corredor de
unas mejores prestaciones reduciendo de manera significativa los tiempos de viaje. Y, en
este sentido, resulta procedente readecuar a este nuevo escenario la actual obligación
de servicio público.
Para evitar asimetrías por modos de transporte, es necesario equiparar la reducción
de precio para los títulos multiviaje en las concesiones de servicios públicos de
transporte regular de viajeros por carretera de competencia de la Administración General
del Estado al que se aplica a los títulos multiviaje de Renfe Viajeros SME SA. para
usuarios recurrentes en los servicios de cada uno de los núcleos de Cercanías y
Rodalies, así como para los servicios ferroviarios de Media distancia declarados como
obligación de servicio público por las administraciones competentes.
A su vez, el presente Real Decreto-ley establece un sistema de ayudas directas,
correspondiente al primer semestre de 2023, para la concesión de apoyo financiero a las
comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo
urbano o interurbano, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios
municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte
público colectivo, que cumplan determinadas condiciones. Esta ayuda permitirá bonificar
el 30% del precio del transporte urbano e interurbano de competencia autonómica o
municipal para aquellas comunidades y ayuntamientos que acuerden una bonificación
adicional del 20%. Con ello, se podrá alcanzar una bonificación del 50% del precio para
los viajeros habituales en transporte público en todo el territorio nacional.
Igualmente, se realizan ajustes menores en el Real Decreto Ley 14/2022, de 1 de
agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia
de becas y ayudas al estudio, así como medidas de ahorro, eficiencia energética y de
reducción de la dependencia energética del gas natural, se modificaron la Ley 16/1987,
de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y la Ley 15/2009,

cve: BOE-A-2022-22685
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Núm. 311