I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Envases. (BOE-A-2022-22690)
Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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valorización, incluyendo el importe de la amortización y de la carga financiera de la
inversión que sea necesario realizar en material móvil y en infraestructuras.
Otra de las modificaciones introducidas para el cumplimiento de las obligaciones en
materia de responsabilidad ampliada del productor de forma colectiva es que las
contribuciones financieras de los productores tengan en cuenta la modulación con
criterios de economía circular, es decir, que dichas contribuciones deberán estar
moduladas, en la medida de lo posible, para cada producto o grupo de productos
similares, sobre todo teniendo en cuenta su durabilidad, capacidad de reparación,
reutilización y reciclaje y la presencia de sustancias peligrosas, adoptando un enfoque
basado en el ciclo de vida del producto. Si bien el Reglamento para la ejecución de la
Ley 11/1997 contemplaba la posibilidad de que el sistema integrado de gestión modulara
la cuantía a financiar por cada envase introducido en el mercado, según el tipo de
material, en función de ciertas características como el uso de envases superfluos o de
mayor peso al promedio, uso de envases de lujo o diseño, o envases primarios de
dimensiones reducidas, el criterio seguido hasta el momento ha sido básicamente el
peso del envase y el material, por lo que debe introducirse una modulación teniendo en
cuenta el diseño de los envases en relación con su gestión posterior para el avance en la
economía circular.
Por lo tanto, habida cuenta de que los nuevos requisitos de la normativa de la Unión
Europea para los regímenes de responsabilidad ampliada del productor supondrán un
aumento de los costes de gestión de residuos que deben ser asumidos por los productores,
procede actualizar la financiación por parte de los sistemas a los entes locales, así como
establecer criterios para que las contribuciones financieras de los productores, en caso de
cumplimiento colectivo de las obligaciones, se realicen siguiendo criterios de economía
circular y no únicamente por peso de material o peso del envase.
Por otra parte, la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 30 de mayo de 2018 establece nuevos objetivos en materia de reciclado, que
suponen un reto tanto para la administración, como para todos los sectores productivos,
muy especialmente tras la aprobación por la Unión Europea de la nueva metodología de
cálculo, como es que, para el 31 de diciembre de 2025, deberá reciclarse, como mínimo,
el 65 % en peso de todos los residuos de envases, cifra que aumenta al 70 % a 31 de
diciembre de 2030.
Esta nueva directiva no sólo incorpora objetivos más ambiciosos de reciclado, sino
que fija nuevos retos para todos los Estados miembros, como aplicar regímenes de
responsabilidad ampliada del productor a todos los envases, lo que supondrá la
aplicación de este instrumento económico al resto de envases comerciales e industriales,
dado que con carácter general no se ha aplicado hasta la fecha en nuestro país, salvo
decisión voluntaria de los propios productores de producto, y para los envases de
productos fitosanitarios, en aplicación de la disposición adicional primera de la
Ley 11/1997, de 24 de abril.
Asimismo, la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico
en el medio ambiente, establece requisitos adicionales en materia de responsabilidad
ampliada del productor para determinados envases de plástico de un solo uso. En
consecuencia, los productores además de sufragar los gastos necesarios de la gestión
de los residuos de envases, deberán financiar los costes de su recogida en los sistemas
públicos de recogida, incluida la infraestructura y su funcionamiento, y su posterior
transporte y tratamiento; la limpieza de los vertidos de basura dispersa, así como los
costes de las medidas de concienciación para prevenir y reducir esos vertidos de basura
dispersa.
III
Como consecuencia de las últimas modificaciones normativas citadas, resulta
imprescindible y urgente revisar los regímenes de responsabilidad ampliada del

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Núm. 311