I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-22686)
Real Decreto 1040/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 185939

que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la
inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal, se hace
necesario introducir los cambios necesarios para alinear los preceptos que en esta
norma se dedican al referido órgano con esas novedades.
Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia),
conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. En este sentido, la norma proyectada
atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica del Ministerio de Justicia a la
nueva estructura orgánica básica dispuesta por el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, y es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en
forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de
mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio señalado, al
adecuar aquélla a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple
también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la
memoria ofrece una explicación completa de su contenido, la motivación y los fines.
Esta norma tiene su fundamento jurídico en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Justicia, a propuesta de la Ministra de
Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 27 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, queda modificado como sigue:
Uno. El párrafo C) del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, queda redactado en los siguientes términos:
«C) La Abogacía General del Estado, con rango de Subsecretaría, de la que
dependen los siguientes órganos directivos:
a)
b)

El apartado 2 del artículo 2 queda redactado como sigue:

«2. Quedan suprimidas la Secretaría General de la Administración de Justicia,
la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección
General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y
Gestión de Activos, la Dirección General de los Registros y del Notariado, la
Dirección General para la Memoria Histórica, la Dirección General de Cooperación
Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos y la
Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.»

cve: BOE-A-2022-22686
Verificable en https://www.boe.es

Dos.

La Dirección General de lo Consultivo
La Dirección General de lo Contencioso.»