I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-22686)
Real Decreto 1040/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Real Decreto 1040/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto
453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

Este real decreto tiene el objetivo de actualizar la estructura orgánica básica del
Ministerio de Justicia para poder ejercer sus competencias de manera más eficaz y para
adecuarla a los cambios producidos en la normativa vigente.
El Ministerio de Justicia fue creado por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, como departamento competente
sobre la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del
ordenamiento jurídico, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos; sobre
las relaciones del Gobierno con la Administración de Justicia, con el Consejo General del
Poder Judicial y con el Ministerio Fiscal, a través del Fiscal General del Estado; y sobre
la cooperación jurídica internacional, ejerciendo asimismo las demás funciones atribuidas
por las leyes.
El Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, estructura al Ministerio de Justicia
en los órganos superiores y directivos que se enumeran en su artículo 2 incluyendo, en
lo que aquí interesa, la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del
Estado, con rango de Subsecretaría.
Finalmente, el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del
Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio,
completa y desarrolla la estructura orgánica básica de los órganos superiores y directivos
del departamento hasta el nivel de subdirección general.
Mediante Real Decreto 241/2022, de 5 de abril, por el que se modifica el citado Real
Decreto 453/2020, de 10 de marzo, se han incorporado una serie de modificaciones en
la organización y funcionamiento del Ministerio de Justicia para responder eficazmente a
los retos que se plantean tanto en la ejecución de los fondos asociados al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado en Consejo de Ministros de 27 de
abril de 2021, como en la implantación del Plan Justicia 2030 como instrumento
transformador de la Administración de Justicia en España.
No obstante lo anterior, se hace necesario modificar de nuevo el Real
Decreto 453/2020, de 10 de marzo, para introducen una serie de modificaciones
puntuales. Se trata, en primer lugar, de corregir una serie de desajustes técnicos en la
distribución de funciones entre los centros directivos del Departamento, así como
mejorar técnicamente y completar la redacción de determinadas funciones.
Del mismo modo, a fin de dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y
funcionamiento del Departamento, se introducen una serie de modificaciones específicas
que permitan aclarar los términos relativos al encargado del tratamiento y permitir la
puesta a disposición por el Ministerio de Justicia de aplicaciones y servicios digitales en
la que tengan cabida los instrumentos jurídicos actuales, como los Convenios Marco de
Transferencia Tecnológica, así como cualesquiera otros que puedan establecerse a
futuro en materia de eficiencia digital.
Por último, como consecuencia de la nueva estructura organizativa de la Abogacía
General del Estado regulada en el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el

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