I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-22691)
Orden TED/1295/2022, de 22 de diciembre, por la que se establecen los valores de la retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2022, aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 186071

Los valores de la retribución a la operación para las instalaciones tipo cuyos costes
de explotación dependen esencialmente del coste de combustible han sido actualizados
mediante las siguientes órdenes ministeriales:
a) La propia Orden IET/1345/2015, de 2 de julio, que además de establecer la
metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones con
régimen retributivo específico, actualizó los valores de la retribución a la operación desde
el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2015.
b) Orden IET/2735/2015, de 17 de diciembre. Esta orden actualizó los valores de la
retribución a la operación para el primer semestre natural de 2016.
c) Orden IET/1209/2016, de 20 de julio. Esta orden actualizó los valores de la
retribución a la operación para el segundo semestre natural de 2016.
d) Orden ETU/130/2017, de 17 de febrero, por la que se actualizan los parámetros
retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración
y residuos, a efectos de su aplicación al semiperiodo regulatorio que tiene su inicio el 1
de enero de 2017. Esta orden actualizó los parámetros retributivos de las instalaciones
tipo para el semiperiodo regulatorio comprendido entre 1 de enero de 2017 y 31 de
diciembre de 2019 y fijó, en su caso, los valores de la retribución a la operación que
serían de aplicación durante el primer semestre de 2017.
Esta orden da cumplimiento a lo previsto en el artículo 20.2 del Real
Decreto 413/2014, de 6 de junio, que establece que al finalizar cada semiperiodo
regulatorio se podrán revisar mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, las estimaciones de ingresos
estándar de las instalaciones tipo por la venta de la energía valorada al precio del
mercado, así como los parámetros retributivos directamente relacionados con éstos.
e) Orden ETU/1046/2017, de 27 de octubre. Esta orden actualizó los valores de
retribución a la operación para el segundo semestre natural de 2017.
f) Orden ETU/360/2018, de 6 de abril, que actualizó los valores de retribución a la
operación para el primer semestre natural de 2018.
g) Orden TEC/1174/2018, de 8 de noviembre. Esta orden es solo de aplicación a
las instalaciones de tratamiento y reducción de purines, y en ella se aprueban los
parámetros retributivos de las instalaciones tipo en su ámbito de aplicación, entre ellos
los valores de la retribución a la operación y sus actualizaciones en función del precio del
combustible hasta el primer semestre de 2018 incluido.
h) Orden TEC/427/2019, de 5 de abril. Esta orden actualizó los valores de
retribución a la operación para el segundo semestre natural de 2018.
i) Orden TED/990/2022, de 11 de octubre, por la que se establecen los parámetros
retributivos para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de junio
de 2019 como consecuencia de la disposición adicional octava del Real Decretoley 15/2018, de 5 de octubre, y por la que se revisan los valores de la retribución a la
operación correspondientes al primer semestre natural del año 2019.
j) Orden TED/257/2021, de 18 de marzo, por la que se establecen los valores de la
retribución a la operación correspondientes al segundo semestre natural del año 2019,
aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
k) Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, que, además de establecer los
parámetros retributivos para el segundo periodo regulatorio, comprendido entre el 1 de
enero del 2020 y el 31 de diciembre de 2025, estableció a su vez los valores de la
retribución a la operación desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2020.
l) Orden TED/260/2021, de 18 de marzo, por la que se adoptan medidas de
acompañamiento a las instalaciones cuyos costes de explotación dependen
esencialmente del precio del combustible durante el período de vigencia del estado de
alarma debido a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en
desarrollo del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas
en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

cve: BOE-A-2022-22691
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Núm. 311