III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23031)
Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre, sobre fijación de límites para administrar determinados créditos para gastos, para conceder subvenciones y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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presupuesto de los gastos realizados, dentro del límite de la consignación presupuestaria
específica que se señale en cada momento.
d) La expedición de las órdenes de pago a justificar.
e) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con
cargo a los anticipos de caja fija y de los libramientos de pagos a justificar, una vez
fiscalizadas las mismas, y su remisión al Tribunal de Cuentas.
f) La autorización de los documentos contables procedentes para la gestión del
presupuesto de gastos del Departamento, conforme a la normativa del Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
5. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Recursos
Humanos e Inspección de Servicios el ejercicio de la competencia de la aprobación, el
compromiso del gasto, el reconocimiento y la propuesta de pago de los gastos del
capítulo 1, así como los anticipos reintegrables del personal del Ministerio (capítulo 8) y
la autorización de los documentos contables correspondientes.
6. Se delega en las personas titulares de la Dirección de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios y de la Dirección General de la Organización
Nacional de Trasplantes, la autorización de las imputaciones de crédito a las que se
refiere el artículo 34.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, con cargo al presupuesto
del correspondiente organismo o entidad.
7. Se delega en la persona titular de la dirección de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios:
a) La competencia para el reconocimiento de obligaciones y la propuesta de pago
en los expedientes de gasto relativos a la compra de vacunas frente a la COVID-19
financiados con cargo a los créditos de la sección 26 «Ministerio de Sanidad».
b) La competencia de autorización de los documentos contables en relación con los
créditos presupuestarios cuya competencia de gestión presupuestaria tenga delegada.
Octavo. Delegación de competencias en materia de contratación.
1. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad el ejercicio de las
siguientes competencias, siempre que no hayan sido delegadas en otro órgano:
a) Todas las que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del
Departamento en relación con los contratos cuyo valor estimado sea inferior
a 12.000.000 y superior a 300.000 euros, incluida la aprobación y el compromiso del
gasto.
b) La aprobación de los modelos de pliegos de cláusulas administrativas
particulares para contratos de naturaleza análoga.
2. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Asuntos Generales
y Económico-Presupuestarios el ejercicio de las siguientes competencias, salvo las
delegadas en otro órgano:
a) Todas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular
del Departamento en materia de contratación en relación con aquellos contratos cuyo
valor estimado sea igual o inferior a 300.000 euros, así como la aprobación y el
compromiso del gasto.
b) La devolución o cancelación y, en su caso, la incautación de las garantías de
cualquier tipo exigidas para la celebración de contratos.
c) La remisión al Tribunal de Cuentas de la documentación relativa a los contratos
celebrados con cargo a los créditos del Departamento.
3. Se delega en la persona titular de la Subdirección General de Relaciones
Internacionales y Publicaciones el ejercicio de todas las competencias que el
ordenamiento jurídico atribuye al titular del Departamento como órgano de contratación,

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Núm. 311