II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Personal laboral. (BOE-A-2022-22502)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, como personal laboral fijo fuera de convenio, de plaza de Jefe/a de relaciones informativas y plazas de Técnico/a de información, en el ámbito del Ministerio de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 22 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Justicia, Ana María Sánchez
Hernández.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará únicamente de una única fase de concurso.
1. Fase de concurso de las plazas de Jefe/a de relaciones informativas y Técnico/a
de información. La valoración máxima será de 100 puntos de acuerdo a los siguientes
méritos, que habrán de poseerse a la fecha de publicación de la presente convocatoria:
1.
1.1

Méritos profesionales. La puntuación máxima será de 60 puntos.
Puntuación.

1.1.1 Se valorará, con la puntuación máxima de 60 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos durante los últimos diez años en puestos de
trabajo, en los que se hayan desarrollado tareas o funciones idénticas a las descritas en
el anexo II para la plaza a la que se opta, a razón de 0,5 puntos por mes completo a
jornada completa.
Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente.
1.1.2 Se valorará, con la puntuación máxima de 30 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos, durante los últimos diez años en puestos de
trabajo, en los que se hayan desarrollado tareas o funciones equivalentes a las descritas
en el anexo II para la plaza a la que se opta, a razón de 0,25 puntos por mes completo a
jornada completa.
Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente.
1.1.3 Se valorará, con la puntuación máxima de 15 puntos, los servicios efectivos
prestados, durante los últimos diez años en puestos de trabajo, en los que se hayan
desarrollado tareas o funciones equivalentes a las descritas en el anexo II para la plaza a
la que se opta, a razón de 0,125 puntos por mes completo a jornada completa.
Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente.

1.3.1 Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración Pública.
1.3.2 Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
1.3.3 Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo
por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los
demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.

cve: BOE-A-2022-22502
Verificable en https://www.boe.es

1.2 La referencia a los empleados/as públicos incluye los servicios prestados en todas
las Administraciones Públicas, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a
los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta
se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
1.3 Forma de acreditación.