III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-22672)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece provisionalmente para el ejercicio 2023 la retribución y la cuota destinada a la financiación del gestor técnico del sistema gasista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de diciembre de 2022

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una previsión de las circulares de carácter normativo para tramitar y aprobar en 2022,
señalando dentro de dicha previsión la modificación de la Circular 1/2020, de 9 de enero,
de la CNMC, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del
sistema gasista.
A través de esta modificación, la retribución del gestor técnico del sistema gasista
pasaría a determinarse para cada «año de gas» que comprende desde el 1 de octubre
del año anterior al 30 de septiembre de ese año. Adicionalmente, se añadiría un término
transitorio a la fórmula de la retribución del gestor técnico del sistema gasista destinado a
retribuir el coste del gestor en relación con el sistema de garantías de origen del gas
procedente de fuentes renovables, según resulta de la disposición adicional segunda del
Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, «por el que se regulan los criterios de
sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los
biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías
de origen de los gases renovables». Junto a ello, se modificarían aspectos de la
retribución por incentivos adaptándola a lo dispuesto en la Circular 6/2021, de 30 de
junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, «por la que se
establecen los incentivos del gestor técnico del sistema gasista y la afección a su
retribución». Asimismo, se prevé adaptar el procedimiento de liquidación de la cuota para
la financiación de la retribución del gestor técnico del sistema a lo establecido en la
Orden TED/1022/2021, de 27 de septiembre, «por la que se regulan los procedimientos
de liquidación de las retribuciones de actividades reguladas, cargos y cuotas con destino
específicos del sector gasista». Por último, se prevé modificar lo relativo a la «Cuenta
regulatoria» de la Circular 1/2020, para el caso de costes incurridos en los dos últimos
años del periodo regulatorio. A efectos de posibilitar la transición de años naturales a
años de gas, la modificación prevé establecer la retribución de 2023 para el periodo
temporal del 1 de enero al 30 de septiembre, considerando una proporción de 9/12 del
ejercicio completo, salvo en los términos que se refieren a cantidades de años
anteriores, que se reconocerán en su totalidad. La primera retribución por año de gas
será la correspondiente al año de gas 2024, que se establecería para el periodo temporal
del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.
La circular que modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la
metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, aún no ha podido ser
aprobada. Tras sustanciarse el trámite de audiencia, con fecha 28 de octubre de 2022 la
propuesta de circular se envió al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital para su remisión al Consejo de Estado, por trámite de urgencia. A fecha actual, no
se ha recibido el dictamen del Consejo de Estado.
Al no haberse aprobado aún la circular que modifica la Circular 1/2020, de 9 de
enero, tampoco es posible que la CNMC apruebe la propuesta de «Resolución por la que
se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2023 y
para el año de gas 2024, así como la cuota para la financiación del año 2023», que fue
sometida a trámite de audiencia con fecha 29 de julio de 2022. En base a dicha
propuesta, la retribución y la cuota del año 2023 se establecerían para el periodo
temporal del 1 de enero al 30 de septiembre, al ser este el año de transición entre años
naturales y años de gas.
Estando próximo el comienzo del año 2023, resulta necesario establecer una
retribución provisional del gestor técnico del sistema y una cuota provisional para su
financiación, desde el 1 de enero hasta que surta efectos la citada resolución.
Por lo cual, se procede a prorrogar la retribución del gestor técnico del sistema y la
cuota para su financiación establecida en la Resolución de 16 de diciembre de 2021, de
la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, «por la que se establece la
cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2022 y la cuota para su
financiación».
Procede, por tanto, establecer provisionalmente la retribución del gestor técnico del
sistema para 2023 en 27.943 miles de euros y la cuota para la financiación de la
retribución del gestor técnico del sistema gasista correspondiente a 2023 en el 1,093 %,

cve: BOE-A-2022-22672
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Núm. 310