III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-22672)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece provisionalmente para el ejercicio 2023 la retribución y la cuota destinada a la financiación del gestor técnico del sistema gasista.
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Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022

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que se aplicará hasta el momento en que surta efectos la resolución que apruebe la
retribución del gestor técnico del sistema para 2023 y para 2024, y la cuota para la
financiación del año 2023.
En esta resolución se establece, por tanto, la retribución provisional y la cuota
provisional destinada a financiar la retribución del gestor técnico del sistema gasista
para 2023, en aplicación de lo establecido en los artículos 13 y 14 de la Circular 1/2020,
de 9 de enero.
Por todo lo anterior, conforme a las funciones asignadas en el artículo 7.1.i) de la
Ley 3/2013 de 4 de junio y de conformidad con la Circular 1/2020, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, resuelve:
Primero.

Establecer la retribución provisional del gestor técnico del sistema en 2023.

Hasta que surta efectos la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia por la que se apruebe la retribución del gestor técnico del sistema de 2023
y 2024 y la cuota destinada a la financiación de 2023, se prorroga la retribución
de 27.943 miles de euros establecida en el apartado primero de la Resolución de 16 de
diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, «por la
que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista
para 2022 y la cuota para su financiación».
Segundo. Establecer la cuota provisional para la financiación de la retribución del
gestor técnico del sistema en 2023.
Hasta que surta efectos la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia por la que se apruebe la retribución del gestor técnico del sistema de 2023
y 2024 y la cuota destinada a la financiación de 2023, se prorroga la cuota del 1,093 %
establecida en el apartado segundo de la Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, «por la que se establece la
cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista para 2022 y la cuota para su
financiación», que se aplicará como porcentaje sobre la facturación de los peajes y
cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones de transporte, distribución
y plantas de Gas Natural Licuado, y como porcentaje sobre la facturación de los cánones
de los servicios básicos de acceso a los almacenamientos subterráneos, que deberán
recaudar las empresas transportistas, distribuidoras y el gestor técnico del sistema.
Tercero. Eficacia.

Comuníquese esta resolución al gestor técnico del sistema, publíquese en la página
web de la CNMC, y publíquese en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo
establecido a este respecto en el artículo 7.1, párrafo final, de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y puede interponerse contra ella
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, de conformidad con lo
establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Se
hace constar que frente a la presente resolución no cabe interponer recurso de
reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.2 de la Ley 3/2013, de 4
de junio, de creación de la CNMC.
Madrid, 22 de diciembre de 2022.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiú García-Ovies.

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Esta resolución será eficaz desde el 1 de enero de 2023.