II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. (BOE-A-2022-22516)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidades de Propiedad Industrial y de Metrología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 310

Martes 27 de diciembre de 2022
2.5

Sec. II.B. Pág. 185313

Calificación de la fase de oposición.

2.5.1 La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
2.5.2 Terminada la oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de
aspirantes que han superado la oposición, en orden decreciente según la puntuación
global obtenida por cada opositor.
I.B Curso selectivo
1.

Naturaleza y finalidad del curso.

1.1 Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un
curso selectivo de carácter teórico-práctico que deberán superar con aprovechamiento.
1.2 Servirá para dotar a los aspirantes de conocimientos y habilidades para el
futuro desempeño profesional de las funciones propias de la especialidad
correspondiente de la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
2.

Desarrollo del curso.

2.1 El curso será organizado por el órgano convocante, en coordinación con la
Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. y el Centro Español de Metrología, O.A.
2.2 El curso selectivo tendrá una duración máxima de tres meses.
2.3 El órgano convocante establecerá el calendario, programa y normas internas
que regulen el curso selectivo. El programa incluirá una parte de materias comunes para
ambas especialidades, en el que necesariamente se incluirá un módulo en materia de
igualdad entre mujeres y hombres y otro en materia de violencia de género, y una parte
específica para cada una de las especialidades.
2.4 Será obligatoria la asistencia a todas las actividades formativas que se
organicen y realizar todas las actividades que el órgano responsable proponga en el
desarrollo del curso selectivo. El órgano convocante valorará los casos en que la falta de
asistencia impedirá a los aspirantes concurrir a las pruebas de evaluación que se
realicen durante el mismo y, por tanto, producirá la pérdida del derecho a ser nombrado
funcionario de carrera.
3.

Causas de fuerza mayor.

Quienes hubieran superado la fase de oposición y no pudieran realizar el curso
selectivo a causa de un embarazo de riesgo o del parto, debidamente acreditado, o por
causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante,
podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les
corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
Valoración del curso.

4.1 Comisión de Valoración: La autoridad convocante nombrará mediante
Resolución una Comisión de Evaluación formada por un mínimo de tres funcionarios de
carrera que pertenezcan a la Escala de Titulados Superiores de OOAA del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo o a otros cuerpos o escalas del subgrupo A1 y que no
hayan formado parte del Tribunal calificador.
4.2 Calificación del curso.
4.2.1 Sin perjuicio de la evaluación continua de cada aspirante, a lo largo del curso
selectivo se podrán realizarse exámenes u otro tipo de pruebas para verificar el
aprovechamiento.
4.2.2 Concluido el curso, la autoridad convocante, calificará a los aspirantes como
«apto» o «no apto», vista la propuesta de la Comisión de Valoración.

cve: BOE-A-2022-22516
Verificable en https://www.boe.es

4.