III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Bachillerato. (BOE-A-2022-22429)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca en el año 2023 la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184323

3. La prueba se desarrollará a lo largo de dos días. El primer día se realizarán los
exámenes correspondientes a las materias generales del bloque de asignaturas
troncales y el segundo día a las materias de opción y las materias específicas.
4. Los exámenes serán elaborados por el Centro para la Innovación y Desarrollo de
la Educación a Distancia (CIDEAD) en colaboración por la Subdirección General de
Centros, Inspección y Programas y remitidos a cada una de las Direcciones Provinciales
de Educación de ls ciudades autónomas y las Embajadas y Consulados de los países
participantes, junto con las instrucciones de aplicación. En el caso de las Direcciones
Provinciales de Ceuta y Melilla, se enviarán también los criterios de calificación.
5. Se podrán elaborar exámenes diferentes de cada una de las materias, con
ejercicios distintos entre ellos y salvaguardando el mismo nivel de dificultad, para su
aplicación en las Embajadas y Consulados de los países participantes que se rijan por
husos horarios diferentes. Su finalidad será garantizar las mismas condiciones de
igualdad de oportunidades de los participantes para la superación de la prueba.
6. Para el acceso y desarrollo de las pruebas de los candidatos con discapacidad
se observarán las medidas de accesibilidad necesarias en cada caso.
Artículo 8. Tribunales.
1.

Cuando la prueba se celebre en Ceuta o Melilla:

a) La persona titular de la Dirección Provincial nombrará los tribunales necesarios
para el desarrollo de la prueba.
b) Los tribunales estarán compuestos por personal funcionario de carrera en activo
del Cuerpo de Catedráticos o de Profesores de Enseñanza Secundaria, designados
entre el profesorado que en el año académico en curso imparta Bachillerato para
personas adultas y, en su defecto, Bachillerato.
2.

Cuando la prueba se celebre en el extranjero:

3. Cada tribunal estará formado por un presidente o presidenta y cuatro vocales,
actuando como secretario o secretaria el de menor antigüedad en el cuerpo.
4. Los tribunales podrán contar con especialistas que no formarán parte de los
mismos y que colaboren en la elaboración y corrección de las pruebas en calidad de
asesores.
5. Para cada tribunal se designará un tribunal suplente.
6. Los tribunales y los responsables nombrados en el exterior, actuarán de acuerdo
con las instrucciones que previamente a la realización de la prueba remita la
Subdirección General de Centros, Inspección y Programas.

cve: BOE-A-2022-22429
Verificable en https://www.boe.es

a) La Subdirección General de Centros, Inspección y Programas nombrará un
tribunal a propuesta del CIDEAD.
b) Los tribunales estarán compuestos por personal funcionario de carrera en activo
del cuerpo de catedráticos o de profesores de enseñanza secundaria, designados entre
el profesorado que en el año académico en curso imparta Bachillerato para personas
adultas y, en su defecto, Bachillerato.
c) En cada país que se vaya a realizar la prueba se consituirá un equipo encargado de
aplicar la misma, de acuerdo con las instrucciones que se emitan al respecto. Tal equipo
estará integrado preferentemente por personal docente de la Embajada o Consulado,
nombrado por el jefe o jefa de la correspondiente misión diplomática. Las actuaciones de la
prueba serán realizadas exclusivamente por el equipo nombrado a tal efecto.
d) Una vez realizada la prueba, esta se remitirá escaneada de manera inmediata y
posteriormente por valija diplomática a la Subdirección General de Centros, Inspección y
Programas para su corrección y evaluación.
e) Con antelación al comienzo de la prueba, la Subdirección General de Centros,
Inspección y Programas comunicará, la composición del tribunal designado, a la
Embajada o Consulado de los países en que vaya a celebrarse la prueba.