III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Bachillerato. (BOE-A-2022-22429)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca en el año 2023 la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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responsabilidades a que hubiera lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
5. A efectos de organización de las pruebas, los aspirantes indicarán en la solicitud
la modalidad por la que se presentan, el idioma de la Primera Lengua Extranjera y las
materias troncales de opción y específicas elegidas.
Artículo 5. Calendario.
1. En esta convocatoria, la prueba tendrá lugar los días 15 y 16 de marzo de 2023.
2. El plazo de matriculación será desde el día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de esta resolución hasta el día 1 de febrero de 2023, inclusive.
3. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará la
propuesta de resolución acompañada de los listados provisionales de los participantes
admitidos y excluidos, a partir del 14 de febrero de 2023 en el sitio web del Ministerio de
Educación y Formación Profesional: http://www.educacionyfp.gob.es, en los tablones de
anuncios de las Direcciones Provinciales de las ciudades de Ceuta y Melilla y de las
Embajadas o Consulados en donde vaya a realizarse la prueba. En estos listados
figurará la resolución de las solicitudes de convalidación y consideración de materias
superadas con anterioridad.
4. Los participantes contarán con diez días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación de la propuesta de resolución para presentar alegaciones.
5. En los siete días hábiles siguientes a la finalización del período de reclamación
se dictará y publicará la resolución acompañada de los listados definitivos de aspirantes
admitidos y excluidos, y se enviarán a los centros o lugares donde vaya a realizarse la
prueba precisando la fecha, hora y lugar de realización de la prueba.
6. Contra la resolución los interesados e interesadas podrán presentar, en el plazo
de un mes, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Educación.
Artículo 6. Lugar de realización de la prueba.
1. Para los aspirantes que residan en territorio nacional, la prueba se realizará en
Ceuta y en Melilla, en los institutos de educación secundaria o centro de educación de
personas adultas que cada Dirección Provincial determine.
2. Para los aspirantes que residan en el extranjero, apartados b) y c) del artículo 3,
serán las Consejerías de Educación de las Embajadas o los Consulados quienes
determinen el lugar de celebración de la prueba.
Artículo 7. Organización de la prueba.

a) Un examen por cada una de las materias generales del bloque de asignaturas
troncales de la modalidad elegida por el aspirante de cada uno de los cursos.
b) Un examen de cada una de las dos materias de opción del bloque de asignaturas
troncales de la modalidad elegida por el aspirante de cada uno de los cursos.
c) Un examen de una materia del bloque de asignaturas específicas de cada curso,
entre las recogidas en el anexo I de la Orden ECD/2008/2015, de 28 de septiembre.
2. Los contenidos de los ejercicios de los que consta la prueba tendrán como
referente los aspectos básicos del currículo recogido en la Orden ECD/1361/2015, de 3
de julio.

cve: BOE-A-2022-22429
Verificable en https://www.boe.es

1. La prueba se realizará sobre los tres bloques de asignaturas: troncales
generales, troncales de opción y específicas, y constarán de los siguientes ejercicios: