III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22448)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Velilla de 350 MWp y sus infraestructuras de evacuación, en Villalba de Guardo (Palencia) y línea eléctrica 400 kv que conecta la SET Velilla solar 30/400 kV con la posición existente de SET Velilla 400 kV, en Villalba de Guardo, Mantinos, Guardo y Velilla del Río Carrión (Palencia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184670
2. En un radio de 5 km en torno a la zona de implantación, se establecerán
acuerdos con agricultores para adecuar el calendario de laboreo y cosecha durante la
época de cría de los aguiluchos pálido y cenizo. Antes de las labores de cosecha o
laboreo en época de cría, el promotor llevará a cabo una campaña de detección
específica de nidos en las parcelas de compensación, y en torno a los nidos localizados
establecerá un radio de protección sin cosechado ni laboreo de al menos 25 m. También
se podrán suscribir acuerdos para postergar la cosecha o siega de sus cultivos y evitar
laboreos entre abril y junio.
3. Creación de islas de vegetación natural (stepping-stones) en el interior de la
planta que sirvan como puntos de enlace o corredores, lugar de refugio, alimentación y
cría para la fauna. Se incluirán bandas de reserva sin paneles ni otros elementos en
vaguadas, formaciones lineales coincidentes con arroyos o canalizaciones de agua y
rodales de pies arbóreos de diferente extensión, con composición específica y densidad
variable en función de las condiciones ecológicas del área de implantación. La superficie,
cantidad y taxones utilizados para la creación de estas islas de vegetación se acordará
con el órgano autonómico competente. Se protegerán con malla ganadera tanto las
plantaciones del interior como las del exterior de la parcela frente al ganado ovino y a los
herbívoros salvajes. Se asegurará el riego durante el primer año tras la plantación, así
como durante la época de estiaje en el segundo y tercer año. Igualmente se repondrá los
plantones que no arraiguen. En esta red de corredores también se ejercerá una
vigilancia activa de la eventual presencia de especies exóticas invasoras,
desencadenando en su caso las acciones necesarias para su erradicación.
Todas las medidas se mantendrán y conservarán durante el periodo de vida útil de la
planta. Se prestará especial atención al mantenimiento de los materiales aislantes,
disuasorios de nidificación y balizas salvapájaros, debiendo proceder a su renovación
periódica cuando pierdan sus propiedades protectoras.
Paisaje.
1. En aras de corregir una posible afección paisajística y, compensar la pequeña
afección a los HIC 4030, 4090 y 9230, se instalará una franja vegetal en el exterior del
vallado perimetral de 2 m de anchura a lo largo de toda su extensión mediante la
plantación de especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona,
recomendándose las siguientes: endrino (Prunus spinosa), rosal silvestre (Rosa canina),
majuelo (Crataegus monogyna), escobas (Cytisus scoparius, Adenocarpus complicatus),
brezos (Erica australis, Erica scoparia, etc.), cantueso (Lavandula stoechas) y especies
similares. Esta restauración se combinará además con la introducción de ejemplares
arbóreos de mayor porte y frondosidad como el roble melojo.
2. La pantalla vegetal se instalará en todo el contorno de los subcampos del parque
fotovoltaico, así como en los casos en los que el cercado límite con un camino agrícola,
exceptuándose en las zonas en las que, por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia
del vallado a zonas de vegetación natural, no se permita su instalación o ésta no se
considere necesaria. En tanto las pantallas perimetrales previstas no alcancen la
densidad y porte suficiente para minimizar el impacto paisajístico, se instalará una malla
de brezo natural u otra materia biodegradable sobre el cerramiento.
3. Las características estéticas de las nuevas construcciones serán similares a las
de la arquitectura rural tradicional de la zona, empleando materiales y gamas cromáticas
que permitan su integración en el entorno. Las construcciones auxiliares deberán
integrase en el paisaje y ser amigables para la fauna. Se evitarán los destellos metálicos
en la totalidad de las infraestructuras y construcciones asociadas. Los postes del
cerramiento perimetral estarán en consonancia con su integración con el entorno.
4. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico anti
reflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz incluso en periodos nocturnos con
luna llena, con el fin de evitar el efecto llamada sobre la avifauna y minimizar el impacto
visual de la planta.
cve: BOE-A-2022-22448
Verificable en https://www.boe.es
4.2.5
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184670
2. En un radio de 5 km en torno a la zona de implantación, se establecerán
acuerdos con agricultores para adecuar el calendario de laboreo y cosecha durante la
época de cría de los aguiluchos pálido y cenizo. Antes de las labores de cosecha o
laboreo en época de cría, el promotor llevará a cabo una campaña de detección
específica de nidos en las parcelas de compensación, y en torno a los nidos localizados
establecerá un radio de protección sin cosechado ni laboreo de al menos 25 m. También
se podrán suscribir acuerdos para postergar la cosecha o siega de sus cultivos y evitar
laboreos entre abril y junio.
3. Creación de islas de vegetación natural (stepping-stones) en el interior de la
planta que sirvan como puntos de enlace o corredores, lugar de refugio, alimentación y
cría para la fauna. Se incluirán bandas de reserva sin paneles ni otros elementos en
vaguadas, formaciones lineales coincidentes con arroyos o canalizaciones de agua y
rodales de pies arbóreos de diferente extensión, con composición específica y densidad
variable en función de las condiciones ecológicas del área de implantación. La superficie,
cantidad y taxones utilizados para la creación de estas islas de vegetación se acordará
con el órgano autonómico competente. Se protegerán con malla ganadera tanto las
plantaciones del interior como las del exterior de la parcela frente al ganado ovino y a los
herbívoros salvajes. Se asegurará el riego durante el primer año tras la plantación, así
como durante la época de estiaje en el segundo y tercer año. Igualmente se repondrá los
plantones que no arraiguen. En esta red de corredores también se ejercerá una
vigilancia activa de la eventual presencia de especies exóticas invasoras,
desencadenando en su caso las acciones necesarias para su erradicación.
Todas las medidas se mantendrán y conservarán durante el periodo de vida útil de la
planta. Se prestará especial atención al mantenimiento de los materiales aislantes,
disuasorios de nidificación y balizas salvapájaros, debiendo proceder a su renovación
periódica cuando pierdan sus propiedades protectoras.
Paisaje.
1. En aras de corregir una posible afección paisajística y, compensar la pequeña
afección a los HIC 4030, 4090 y 9230, se instalará una franja vegetal en el exterior del
vallado perimetral de 2 m de anchura a lo largo de toda su extensión mediante la
plantación de especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona,
recomendándose las siguientes: endrino (Prunus spinosa), rosal silvestre (Rosa canina),
majuelo (Crataegus monogyna), escobas (Cytisus scoparius, Adenocarpus complicatus),
brezos (Erica australis, Erica scoparia, etc.), cantueso (Lavandula stoechas) y especies
similares. Esta restauración se combinará además con la introducción de ejemplares
arbóreos de mayor porte y frondosidad como el roble melojo.
2. La pantalla vegetal se instalará en todo el contorno de los subcampos del parque
fotovoltaico, así como en los casos en los que el cercado límite con un camino agrícola,
exceptuándose en las zonas en las que, por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia
del vallado a zonas de vegetación natural, no se permita su instalación o ésta no se
considere necesaria. En tanto las pantallas perimetrales previstas no alcancen la
densidad y porte suficiente para minimizar el impacto paisajístico, se instalará una malla
de brezo natural u otra materia biodegradable sobre el cerramiento.
3. Las características estéticas de las nuevas construcciones serán similares a las
de la arquitectura rural tradicional de la zona, empleando materiales y gamas cromáticas
que permitan su integración en el entorno. Las construcciones auxiliares deberán
integrase en el paisaje y ser amigables para la fauna. Se evitarán los destellos metálicos
en la totalidad de las infraestructuras y construcciones asociadas. Los postes del
cerramiento perimetral estarán en consonancia con su integración con el entorno.
4. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico anti
reflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz incluso en periodos nocturnos con
luna llena, con el fin de evitar el efecto llamada sobre la avifauna y minimizar el impacto
visual de la planta.
cve: BOE-A-2022-22448
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