III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22446)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Campos de 109,2 MWp y 84 MWn y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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3. Dado que el proyecto supone una reducción del consumo de agua en las
parcelas actualmente destinadas al cultivo de almendros en regadío, el promotor
notificará a la Confederación Hidrográfica del Segura la superficie que va a dejar de
regarse como consecuencia del proyecto durante toda su vida útil, a los efectos de
reajuste de las correspondientes asignaciones.
4. No se realizarán actuaciones que supongan un deterioro de las masas de agua
superficial y subterránea, ni generar afecciones sobre la vegetación de ribera existente o
el ecosistema asociado a los cauces. Se adoptará un diseño de las instalaciones que
evite el aumento de las escorrentías superficiales que se producen en episodios de
lluvias intensas, así como el arrastre de sedimentos en los cauces, garantizando las
márgenes limpias y descartando el uso de herbicidas o fitosanitarios.
5. Las aguas pluviales caídas en zonas susceptibles de contaminación deberán ser
recogidas de forma segregada de las aguas pluviales limpias para su tratamiento como
fluentes que puedan contener residuos.
Flora, vegetación y hábitats de interés.

1. Se prohíbe la eliminación y afección de especies protegidas. Previo al inicio de
las obras, un profesional botánico deberá realizar un estudio completo en un periodo
fenológico favorable para la identificación de especies vegetales, descartando la
presencia de especies de flora silvestre protegida con posible presencia en la zona, tales
como Juniperus oxycedrus, Thymbra capitata, Mentha pulegium, Myrtus communis,
Osyris alba, Ulmus minor, Celtis australis, Juniperus phoenicea o Tamarix canariensis.
En caso de detectarse presencia de ejemplares de especies protegidas, se adoptarán las
correspondientes modificaciones puntuales del proyecto y se comunicará al órgano
competente de la comunidad autónoma.
2. Antes del inicio de las obras se balizará la zona susceptible de afección, así
como formaciones o elementos vegetales a proteger fuera del área de actuación directa.
La eliminación de los residuos vegetales se realizará de forma simultánea a las labores
de tala, poda y desbroce para evitar el incremento del riesgo de incendios forestales y se
tomarán las medidas de prevención conforme a lo previsto en la legislación.
3. Durante la fase útil de la explotación, se evitará dejar el suelo desnudo y se
mantendrá una cubierta vegetal herbácea dentro del vallado perimetral de las plantas
mediante la siembra anual de especies herbáceas. El control de la vegetación natural de
las plantas se realizará mediante el pastoreo rotacional en extensivo con ganado ovino,
con una carga ganadera máxima en principio de 0,2 UGM/ha, ajustable mediante
seguimiento adaptativo. En caso excepcional, podrá usarse desbrozadora sin remoción
de suelo, y evitando el periodo crítico de reproducción de la mayoría de las especies
(marzo, abril y mayo). También se mantendrá al menos un punto de agua para el
abrevadero del ganado ovino empleado en el pastoreo de la finca. En la planta, el control
mecánico de la vegetación se limitará a circunstancias excepcionales que no hayan
podido preverse, y se realizará evitando los periodos críticos de reproducción de la
mayoría de las especies. En ningún caso se aplicarán herbicidas.
4. Para acceder a la línea de evacuación de energía se priorizará el uso de
caminos existentes frente a la apertura de nuevos viales.
5. Se minimizará la superficie a desbrozar a lo estrictamente imprescindible y se
cuidará que su regeneración no se vea afectada por las labores de mantenimiento
evitando principalmente la compactación del terreno y promoviendo la existencia de
terrenos favorables para la regeneración natural de la vegetación.
6. Durante la construcción, se minimizará la afección a cualquier HIC. Se
compensará las 1,15 ha de superficie del HIC 5330 afectado por la ocupación por los
apoyos de la línea de evacuación mediante plantación en una superficie equivalente a la
perdida de sus especies características en el territorio. Las plantaciones se harán en las
localizaciones que la Dirección General de Medio Natural de la Región de Murcia indique
o conforme.

cve: BOE-A-2022-22446
Verificable en https://www.boe.es

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