III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22446)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico Campos de 109,2 MWp y 84 MWn y su infraestructura de evacuación, en Mula y Campos del Río (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184615

El Servicio de Ordenación del Territorio de la Región de Murcia y el Servicio de
Gestión y Protección Forestal de la Región de Murcia informan sobre posibles afecciones
por el cruzamiento de la línea eléctrica de 132 kV con la vía pecuaria «Cordel de la
Huerta»; y, en su tramo soterrado, con la «Vereda de la Casa de Gracia» y la «Vereda
del Camino de Alguazas». Ambos organismos recuerdan que deberán solicitarse las
pertinentes autorizaciones y permisos para sus cruzamientos.
3.2.9

Población y salud humana.

El promotor incluye un análisis de impactos por emisiones electromagnéticas y concluye
que la afección a núcleos de población y a la salud humana no será significativa, indicando
que los valores de emisión de campos eléctricos y magnéticos en el perímetro de la
subestación eléctrica no superan el límite máximo de exposición recogido por la normativa
específica (Consejo de la UE DOCE 13/07/1999 y Dirección General de Salud Pública de la
Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad).
El Servicio de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones
de la Consejería de Salud Pública de la Región de Murcia señala que el promotor ha tenido
en cuenta la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de julio de 1999 relativa a la
exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz).
Igualmente, establece una serie de condiciones.
Con respecto al ruido, se producirá un incremento limitado al periodo de obras. Si
bien el proyecto se encuentra en un entorno eminentemente agrícola, en la urbanización
colindante existen viviendas que se pueden ver afectadas. El promotor indica que se
limitará el número máximo de máquinas, vehículos y equipos trabajando al mismo tiempo
en un mismo punto, realizando a su vez una programación de las actividades para evitar
situaciones en que la acción conjunta de varios equipos o acciones cause niveles
sonoros elevados durante periodos prolongados de tiempo.
Se ha recibido escrito de alegaciones remitido por la asociación de vecinos del
Paraje de La Alquibla Mula-Murcia, suscrito por 620 alegantes, en contra de la
instalación de esta planta solar. Dado que esta alegación se recibió fuera del periodo de
información pública, el promotor no ha expresado su consideración. En su escrito, la
asociación vecinal refiere que la proliferación desordenada, desmesurada e insostenible
en el municipio de este tipo de instalaciones apenas generará puestos de trabajo y
provocará la desaparición de grandes plantaciones de almendros. En consecuencia, la
afección paisajística será significativa, deteriorando el atractivo turístico de la zona
durante el periodo de floración de esta especie, lo que podría generar un impacto
negativo sobre parte de la población. Según refieren, esta asociación vecinal se ha
reunido con el Ayuntamiento de Mula y ha llegado al acuerdo de no desarrollar ningún
proyecto más de plantas solares en la comarca. Señalan además que actualmente se
encuentran en tramitación cinco proyectos del mismo carácter, cuyas sinergias no han
sido tenidas en cuenta en el estudio de impacto ambiental al no están autorizadas, pero
que en total afectarían a unos 70.000 almendros, sin precisar el porcentaje de superficie
afectada en relación con la actualmente ocupada.
Efectos acumulados y sinérgicos.

Para la valoración de los posibles efectos acumulados y sinérgicos, se han
considerado siete parques fotovoltaicos existentes en un perímetro de 20 km y tres
proyectos en fase de tramitación con una potencia de generación total de unos 330 MW
que comparten subestación colectora. Igualmente, se han tenido en cuenta líneas
eléctricas, carreteras y otras infraestructuras existentes en el área de influencia del
proyecto. El promotor analiza sus efectos sobre la pérdida de conectividad ecológica de
hábitats y espacios naturales (radio de 20 kilómetros), interacciones sobre la calidad
paisajística y cuencas visuales (radio de 5 km) y otros aspectos ambientales, incluyendo
los efectos sobre la calidad acústica (radio de 1 km).

cve: BOE-A-2022-22446
Verificable en https://www.boe.es

3.2.10