III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22445)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico "Los Hormigueros" de 50,1 MW, así como parte de su infraestructura de evacuación asociada, en Berceruelo, Bercero y Vega de Valdetronco (Valladolid)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

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tales derechos por cuanto la planta fotovoltaica modifica el uso actual del agua y tiene
una vida útil superior al plazo fijado por el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
El promotor indica que en el límite sur de la planta fotovoltaica, limitando con el
vallado de la instalación, se encuentra el Punto de Interés Geológico inventariado DU062
«Deslizamientos en el valle del arroyo de Juncos en Berceruelo» que corresponde a
estructuras y formaciones geológicas de las cuencas cenozoicas continentales y
marinas.
b.5 Paisaje y población: La potencial afección del proyecto sobre el paisaje viene
derivada de la instalación de un elemento artificial de gran superficie (paneles solares) y
otros lineales como la línea eléctrica de evacuación y los vallados perimetrales o
puntuales como la subestación, en un hábitat propio de medios agrícolas. La sustitución
de la línea eléctrica aérea de evacuación por otra soterrada minimiza en gran medida los
impactos paisajísticos del proyecto.
Asimismo, de acuerdo con lo indicado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente
de Valladolid de la Junta de Castilla y León, la presente resolución incluye medidas
adicionales como el retranqueo de la planta fotovoltaica respecto a los límites de los
cantiles de los páramos, las plantaciones perimetrales de todos los polígonos donde se
instalen los módulos fotovoltaicos y la integración paisajística de la subestación eléctrica.
De resultar técnicamente posible, se recomienda disminuir la altura de la instalación lo
máximo posible.
b.6 Aire y cambio climático: La fase de obra del proyecto representa el periodo de
mayor producción de emisiones sonoras y atmosféricas por el trasiego de diversa
maquinaria y el movimiento y la adecuación del terreno principalmente. También se
pueden producir potenciales afecciones por contaminación lumínica, que pueden
extenderse a la fase de funcionamiento del proyecto. Para minimizar estos potenciales
impactos el EsIA indica, entre otras medidas, la limitación de los movimientos de tierras a
lo mínimo imprescindible, los riegos periódicos para evitar generar polvo o el adecuado
acopio de tierras. Asimismo, los soportes de los seguidores irán hincados en el terreno lo
que evita excavaciones adicionales y la construcción de zapatas.
En cuanto al impacto sobre el cambio climático, la Oficina Española de Cambio
Climático informa que el proyecto cumple con los objetivos de mitigación del Plan
Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y se considera adecuado a las
expectativas de desarrollo e implantación de este tipo de recursos.
b.7 Patrimonio cultural y otros bienes materiales: si bien el informe del Servicio
Territorial de Cultura y Turismo de Valladolid de la Junta de Castilla y León refiere la
afección indirecta de la línea de evacuación diseñada inicialmente sobre dos bienes
arqueológicos, la modificación del trazado de la línea de evacuación y su soterramiento
por los caminos existentes permite prever la ausencia de potenciales impactos sobre
este factor ambiental. No obstante, el promotor deberá obtener informe favorable de la
citada administración respecto al trazado final de la línea eléctrica a ejecutar. Asimismo,
de acuerdo con el informe del citado Servicio, todo movimiento de tierras deberá contar
con adecuado control arqueológico.
En lo relativo a otros bienes materiales, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de
Valladolid de la Junta de Castilla y león informa que no existe coincidencia del proyecto
con Montes de Utilidad Pública ni con montes protectores.
La línea de evacuación cruza la Cañada Real Coruñesa entre los términos
municipales de Vega de Valdetronco y Bercero. Los terrenos que forman parte del
dominio público por ser vías pecuarias deberán ser preservados íntegramente de
acuerdo con la legislación sectorial autonómica (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías
Pecuarias).
b.8 Efectos acumulativos y sinérgicos: Entre los principales impactos acumulativos
y sinérgicos derivado de la construcción de las trece plantas fotovoltaicas proyectadas en
el nudo de Tordesillas (Valladolid) se puede destacar la pérdida de hábitat, el efecto
barrera y la fragmentación del territorio por la instalación de las nuevas infraestructuras,
la proliferación de líneas aéreas de alta tensión para evacuar la energía eléctrica

cve: BOE-A-2022-22445
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Núm. 309