III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2022-22460)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184808

2. La cuantía destinada a financiar este proyecto es 2.255.868 euros en virtud de la
solicitud presentada por la Comunidad Foral de Navarra a través del Departamento de
Educación. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 32.50.23WG.452
correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado.
3. El pago de la subvención reconocida se hará con el siguiente desglose:
El 58,6% se hará efectivo con carácter anticipado y el 41,4% restante, se hará
efectivo una vez comprobada la ejecución de la actuación, así como la entrega de la
documentación justificativa de la subvención, según el plazo establecido en el artículo 16
del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
4. No será preciso que la entidad beneficiaria presente garantía en virtud de lo
dispuesto en el artículo 42.2.a) y d) del Reglamento de la citada ley, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Octava.

Plazo y forma de justificación.

1. La Comunidad Foral de Navarra a través del Departamento de Educación, tras la
finalización de la ejecución, justificará ante el órgano gestor la aplicación de la
subvención percibida, como máximo, en tres meses a partir del día siguiente al de la
finalización del plazo de vigencia del correspondiente convenio y presentará una
memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas y una
memoria económica, según se define en el artículo 72 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, teniendo en cuenta las
singularidades establecidas en el artículo 63 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, que contendrá la siguiente documentación:
a) Una Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas
y de los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del
acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En
caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las
desviaciones acaecidas.
c) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
d) Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, deba haber solicitado el beneficiario.

a) Certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención por el
que se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
b) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general
conocimiento de la financiación por el Estado en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de las actuaciones objeto de la subvención.
c) Documentos de declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por
las autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea, dando
cumplimiento a las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en especial, atendiendo a las disposiciones normativas
sobre el sistema de gestión y de información establecidas en la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de
septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el

cve: BOE-A-2022-22460
Verificable en https://www.boe.es

2. Asimismo, la Comunidad Foral de Navarra a través del Departamento de
Educación deberá presentar:.