III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22443)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Parque eólico "Bustatur" (51 MW) y sus infraestructuras de evacuación en Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria), Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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responsable de detectar la presencia de aves y alertar de la necesidad de parada de los
aerogeneradores. La Dirección General de Biodiversidad de Cantabria considera más
efectivo y necesario reducir la densidad de aerogeneradores, suprimiendo determinadas
posiciones en enclaves considerados más sensibles para las aves rapaces planeadoras
(BUS03, BUS08, BUS11, BUS13, BUS14 y BUS15), debiendo añadirse a este listado el
aerogenerador BUS02 por su proximidad a la Presa del Arroyo, punto habitual de paso
de aves migratorias junto al Embalse del Ebro.
En relación con el tendido eléctrico, la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de Castilla y León plantea como principal medida de mitigación frente a
daños sobre aves por colisión y electrocución con el tendido el soterramiento de la línea
eléctrica en aquellos tramos donde no pueda compartirse con tramos de líneas ya
existentes. Esta misma condición es solicitada por el Ayuntamiento de Valle de
Valdebezana. Esta medida ha sido parcialmente asumida por el promotor presentando
posteriormente una adenda al EsIA con 3 alternativas (definidas como alternativas 2, 3
y 4), adicionales a la inicialmente planteada (definida como alternativa 1), que plantea
diferentes posibilidades estudiadas para el soterramiento. Una de ellas, alternativa 2, es
el soterramiento íntegro de la línea siguiendo caminos existentes, lo que lleva a plantear
una línea subterránea de alta tensión de 24,673 km. Esta solución es descartada por el
promotor tanto por motivos técnicos y económicos como por los impactos ambientales
generados por las obras de construcción y las operaciones de mantenimiento. En este
sentido, el soterramiento implica, según el promotor, el acondicionamiento de una franja
continua de terreno de 20 m de ancho con sobreanchos cada 400-800 m para realización
de empalmes, lo que implicaría la eliminación de cubiertas vegetales naturales y la
afección a hábitats de interés comunitario. Plantea por ello otras dos opciones que
incorporan sendos tramos de línea subterránea de alta tensión, de 3,5 km, en la zona
más próxima al Embalse del Ebro, pero añadiendo en una de ellas un tramo soterrado en
la zona identificada como sensible para el alimoche, entre los apoyos núm. 18 y núm. 21.
Una vez analizadas las alternativas planteadas por el promotor en esta adenda, y
tomando en consideración la respuesta de Castilla y León a este nuevo planteamiento
del promotor, se considera necesario priorizar la opción del soterramiento íntegro de la
línea eléctrica en aquellos tramos donde no pueda compartirse el tendido eléctrico con
otros existentes, o si esa solución no es viable técnicamente, seguir el mismo corredor
del tendido eléctrico a la distancia mínima que marque la normativa electrotécnica.
Atendiendo a los informes recibidos, y con objeto de disminuir el efecto barrera de
estas instalaciones, reducir el riesgo de colisiones y electrocuciones y reducir la pérdida
de hábitat para las aves y quirópteros, se indican en el apartado 5.2.5. los
condicionantes considerados indispensables para la autorización del proyecto.
4.2.6

Espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000.

– Zona Especial de Conservación (ZEC) (ES1300013) «Rio y Embalse del Ebro»: el
vial de acceso a los aerogeneradores BUS13, BUS14 y BUS15 discurre por el límite
noreste de la ZEC, quedando la alineación de aerogeneradores a unos 300 m del límite
norte de este espacio.
– ZEC (ES4120089) «Hoces del Alto Ebro y Rudrón» y ZEC (ES0000253) «Hoces
del Ebro», que se encuentran respectivamente a 5 y a 9 km al sureste de la linea
eléctrica de evacuación.
– ZEC (ES4120090) «Embalse del Ebro-Monte Hijedo», que se encuentra a 1,5 km
de los aerogeneradores y será atravesado por la línea eléctrica de evacuación en un
tramo de 9,72 km.
– Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) (ES0000191) «Embalse del
Ebro», que se encuentra a 1 km de los aerogeneradores y será atravesado por la línea
de evacuación en un tramo de 7,81 km.

cve: BOE-A-2022-22443
Verificable en https://www.boe.es

Los espacios de la Red Natura 2000 más cercanos son: