III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22443)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Parque eólico "Bustatur" (51 MW) y sus infraestructuras de evacuación en Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria), Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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izado y tensado de los hilos conductores, en un plazo de 5 días. El mantenimiento de
estas medidas se incluirá en las operaciones generales de mantenimiento y
conservación de la línea.
5.2.5.11 Si el seguimiento determina la muerte por colisión o electrocución con el
tendido eléctrico de una especie protegida o amenazada, en el plazo de 3 meses desde
el hallazgo el promotor deberá haber determinado el elemento causante y haber
dispuesto medidas preventivas adicionales, con notificación al órgano sustantivo y a los
órganos competentes de biodiversidad de Cantabria o Castilla y León según la zona
afectada.
5.2.5.12 Con una periodicidad de 5 años, el promotor hará una revisión general de
la efectividad de las medidas adoptadas y de las mejores prácticas disponibles para
evitar este impacto, y propondrá al órgano sustantivo y a los órganos de biodiversidad de
Castilla y León y Cantabria su mantenimiento o la adopción de mejoras, debiendo
atenerse a lo que resuelvan estos órganos competentes.
5.2.5.13 Las modificaciones que se adopten en el parque o el tendido eléctrico a lo
largo de la fase de explotación para mejorar la efectividad de las medidas preventivas de
colisiones con aves o quirópteros o de electrocución requerirán previa conformidad de
los órganos competentes en esta materia de Castilla y León y/o Cantabria.
5.2.5.14 En la forma que determinen las administraciones de biodiversidad de los
territorios afectados, se llevarán a cabo las siguientes medidas compensatorias:
equipación con GPS/GSM y seguimiento de 8 aves de especies sensibles (al menos a
alimoche común, buitre leonado, aguilucho pálido, busardo ratonero y milano real),
instalación de cajas nido y adaptación de refugios para quirópteros, sin perjuicio de las
demás medidas a las que se ha comprometido el promotor en compensación a los
impactos residuales provocados.
Paisaje.

5.2.6.1 Los proyectos de SET Bustatur y la subestación colectora Virtus incluirán
medidas específicas de integración paisajística, mediante acabados exteriores de la
construcción, incluidas la cubierta y paredes exteriores de las edificaciones, con un
tratamiento de color y textura acorde al entorno. Se plantarán pantallas vegetales en
torno a las mismas con especies autóctonas compatibles con el clima y el suelo donde
se ubican.
5.2.6.2 Todas las superficies que hayan sido temporalmente alteradas como
consecuencia de las obras de construcción serán objeto, tras su finalización, de una
completa restauración geomorfológica, edáfica y vegetal.
5.2.6.3 El promotor elaborará y desarrollará un programa de medidas
compensatorias de los impactos residuales del proyecto sobre el paisaje percibido desde
los núcleos rurales más afectados o vulnerables y su entorno, con mayor intensidad en
los más próximos al parque: Las Rozas de Valdearroyo, Villanueva, Renedo, Llano,
Bustasur, Matalaja, Montes Claros y La Aguilera. Dicho programa se elaborará y
actualizará quinquenalmente por el promotor previa consulta a las respectivas Entidades
Locales y conformidad de la administración competente en protección del paisaje de
Cantabria.
5.2.6.4 En dicho programa de medidas compensatorias, figurará un proyecto de
restauración de áreas degradadas por antiguas explotaciones de lignito,
especialmente en Las Rozas de Valdearroyo, con reforestación de especies
autóctonas de frondosas y acondicionamiento y mejora de infraestructuras de uso
público (red de senderos).
5.2.6.5 Una vez finalizada la vida útil o el periodo de autorización del
funcionamiento del parque, se procederá a la completa demolición, desmantelamiento y
retirada de todos los componentes del proyecto que queden sin futuro uso, la adecuada
gestión de todos los residuos generados, la restitución del relieve a la situación original y
la restauración del suelo y de la vegetación.

cve: BOE-A-2022-22443
Verificable en https://www.boe.es

5.2.6