III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22443)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Parque eólico "Bustatur" (51 MW) y sus infraestructuras de evacuación en Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria), Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184552

5.2.5

Fauna.

5.2.5.1 Por los impactos causados a aves rapaces planeadoras, tanto por el efecto
barrera generado por la alineación de aerogeneradores sobre trayectos de vuelo en
campeo y alimentación como por la proximidad de nidos (aguilucho pálido en la zona sur
del parque eólico), y tratándose de especies contempladas en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas, se deberán suprimir los aerogeneradores BUS03, BUS08,
BUS11, BUS13, BUS14 y BUS15. También se deberá suprimir el aerogenerador BUS02

cve: BOE-A-2022-22443
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garantice la no afección sobre estos HIC y sus microcuencas de alimentación. Dado que
el aerogenerador BUS11 se debe excluir por sus posibles impactos sobre la fauna,
tampoco se construirá el vial que le daría acceso desde el km 16 de la carretera CA-730,
que discurre a 100 m de una turbera identificada en campo por la Dirección General de
Biodiversidad de Cantabria e intercepta 3 arroyos que la alimentan.
5.2.4.4 Se reubicará la SET Bustatur hacia la pista minimizando la afección sobre HIC.
5.2.4.5 Se replanteará el acceso a los aerogeneradores BUS06 y BUS07 por
afectar a una superficie del HIC prioritario 6230.
5.2.4.6 El tramo de la línea eléctrica de evacuación desde la SET Bustatur hasta
alcanzar el tendido eléctrico existente de 400 kV Herrera-Güeñes se proyectará
soterrado, siguiendo los caminos existentes, evitando en lo posible atravesar zonas con
vegetación natural y en ningún caso atravesando recintos que alberguen comunidades
de hábitats higroturbosos. A partir del trazado en aéreo, deberán excluirse de las zonas
afectadas por las campas de trabajo y cimentaciones de apoyos aquellos enclaves que
alberguen HIC. En el tramo comprendido entre los arroyos de Val de Mantecas y Val de
Cabres deberán restringirse al máximo los tratamientos de podas y cortas de arbolado
que requiera el tendido eléctrico, ya que según la información del Mapa Forestal de
Castilla y León el tendido atravesaría un bosque de hayedo y robledal de Quercus
petraea. El trazado y características finales de esta línea serán comunicados por el
promotor a las administraciones de biodiversidad de las dos comunidades autónomas
afectadas, para obtener su expresa conformidad como condición previa a la autorización
del proyecto constructivo.
5.2.4.7 Se llevarán a cabo medidas compensatorias de mejora de las comunidades
de HIC que irremediablemente resulten afectadas por las obras y no puedan ser
posteriormente restauradas (ocupación permanente de elementos definitivos),
recuperando una superficie equivalente al doble de la eliminada por las operaciones de
preparación del terreno. Esta medida será igualmente aplicable a la pérdida de
vegetación arbolada ocasionada por el tendido eléctrico en su tramo aéreo, empleando
en la restauración especies como Fagus sylvatica, Quercus petraea y otras autóctonas
correspondientes a etapas climácicas del bosque atlántico.
5.2.4.8 Con carácter previo a la entrega de la obra, todas aquellas zonas afectadas
por las obras que no vayan a ser ocupadas de forma permanente serán restauradas y
revegetadas según el Plan de integración ambiental y restauración previsto en el Estudio
de Impacto Ambiental.
5.2.4.9 De forma previa al final de la vida útil del proyecto, se redactará un Plan de
desmantelamiento, que incluirá la restauración de las áreas ocupadas por el proyecto,
con el objeto de recuperar la situación preoperacional. Esta restauración tras el
desmantelamiento aparece presupuestada en el Estudio de impacto ambiental, pero no
descrita. Será necesario describir con detalle las actuaciones de restauración
geomorfológica y vegetal y localizarlas en planos.
5.2.4.10 Todas estas actuaciones se ejecutarán bajo la supervisión de la Dirección
General de Biodiversidad de Cantabria y de la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal (línea eléctrica de evacuación). Todas las medidas de protección de la
vegetación, hábitats y especies, así como la comprobación del éxito de la restauración
ambiental, serán objeto de seguimiento según las condiciones establecidas en el
programa de vigilancia ambiental. Los informes de estos seguimientos deberán ser
puestos en conocimiento de las citadas Direcciones Generales.