III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22442)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Interconexión Eléctrica España-Francia por el Golfo de Bizkaia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184510

Los efectos del proyecto sobre el cambio climático se han analizado mediante el
análisis de ciclo de vida y el cálculo de la huella de carbono de las diferentes
actuaciones, estimando que el presente proyecto supondría para el sistema eléctrico
europeo un ahorro en emisiones de CO2 eq. De 1,316 millones de toneladas anuales.
b.4)

Vegetación, Fauna y Hábitats de interés comunitario (HIC).

Medio terrestre: La implantación de la EC y la apertura de la zanja subterránea en
fase de construcción conllevará la pérdida de superficie vegetada y una potencial
afección a hábitats y ejemplares de fauna, así como las molestias debidas a los ruidos y
presencia de personal y maquinaria de obra en los ecosistemas.
La alternativa finalmente propuesta para la EC, a raíz de la información
proporcionada por la DGB de la Diputación Foral de Bizkaia, evita afecciones
importantes sobre masas maduras de robledal autóctono. Por otro lado, el nuevo trazado
del cable subterráneo incorpora una nueva PHD (denominada PHD0) sugerida por dicho
organismo, que evita afecciones sobre masas maduras de robledal y encinar.
La zona de pleno dominio del proyecto (incluyendo áreas de ocupación temporal)
afectará finalmente a 3,66 ha de bosque mixto atlántico (fustal y latizal, no formaciones
maduras), 2,61 ha de matorral atlántico (brezal/tojal) y de linderos, 11,22 ha de
plantaciones forestales (eucaliptal y pinar de repoblación) y 3,12 ha de pastizal y prados
de siega. En cuanto a los HIC, se verán afectadas las siguientes superficies (corregidas
mediante trabajo de campo) tanto por la ubicación de la EC y la traza del cable como por
áreas de ocupación temporal y accesos:
Denominación

Superficie (ha)

4030 Brezales secos europeos.

5,23

6210* Pastos mesófilos con Brachypodium pinnatum / Festuco-Brometalia.

0,29

Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis,
Sanguisorba officinalis).

3,65

6510

91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior.

0

Debe destacarse que, a pesar de que el trazado atraviesa áreas con presencia del
hábitat prioritario 91E0*, la afección es nula, debido a que en ellas se ejecutan PHD
(Vega del río Butrón y Barrio de San Lorenzo). Según la última adenda al EsIA, la salida
de la PHD7 se ha desplazado hacia el oeste para evitar afectar a un depósito de agua y
a una mancha de aliseda fresneda en un estado de conservación aceptable, aunque ello
supone afectar a una pequeña zona con presencia del hábitat prioritario 6210* (Prados
secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia)
cuyo estado de conservación es malo.
El EsIA incluye adecuadas medidas preventivas para minimizar las afecciones a la
vegetación en las zonas que vayan a desbrozarse (se optará por la poda en lugar de la
tala en la medida de lo posible, prospección previa y jalonamiento de ejemplares
maduros, control de propagación de especies exóticas invasoras, protección con
tablones, etc.). Las superficies de vegetación e HIC no afectadas de forma permanente
(áreas de ocupación temporal, accesos, taludes, etc.) son susceptibles de ser
restauradas. En su informe, la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del
Gobierno Vasco (en adelante, DGPNCC) valoró la primera propuesta de medidas
correctoras como insuficiente, considerando que no había elementos de juicio suficientes
para garantizar que el proyecto no producirá una pérdida neta del patrimonio natural. Por
ello, el promotor propone como medida correctora elaborar un Proyecto de Restauración
Ambiental y Paisajística, que deberá ser validado por el Departamento de Sostenibilidad
y Medio Natural de la DFB. La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático
recogió en su informe una serie de consideraciones relativas al proyecto de restauración,
que son trasladadas al condicionado de la presente resolución.

cve: BOE-A-2022-22442
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