III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22442)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Interconexión Eléctrica España-Francia por el Golfo de Bizkaia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184518

La fase de obra es compatible con la navegación, siempre y cuando se respete una
distancia de seguridad de 500 m para evitar riesgo de accidentes. Las Capitanías
Marítimas de Bilbao y Pasaia, así como Puertos del Estado informan favorablemente,
indicando una serie de condiciones que el promotor debe respetar. En el trazado del
cable se produce un cruzamiento con el gasoducto de la plataforma Gaviota, por lo que
en este tramo (unos 475 m) la protección del cable se realizará mediante «rock
placement» para asegurar la no afección al mismo.
Por otro lado, el Instituto Español de Oceanografía señala que deberá tenerse en
consideración el Plan de Ordenación del Espacio Marítimo de la Demarcación Marina
Noratlántica en base del Real Decreto, 363/2017, de 8 de abril, por el que se establece
un marco para la ordenación del espacio marítimo, cuando sea aprobado.
La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO informa que los efectos de la
actuación sobre los objetivos ambientales de la estrategia marina de la Demarcación
Noratlántica no pondrán en riesgo la consecución de su buen estado ambiental, por lo
que emite informe de compatibilidad favorable con condiciones. En su informe también
señalan una afección del trazado del cable frente a la costa de Bakio, sobre un
yacimiento de arena cartografiado con potencial suficiente para usarse como material de
aporte en regeneraciones de playas, recomendando que se modifique el trazado para
dejar mayor margen de seguridad y no afectar a la explotación del yacimiento. El
promotor responde que es necesario mantener el trazado en este punto para asegurar
una mayor protección (enterramiento) que redunde en una mayor seguridad marítima y
para la infraestructura, y que la afección es parcial y sobre la zona más profunda y
exterior del yacimiento.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA incluye un apartado de análisis de vulnerabilidad frente a riesgos por
catástrofes o accidentes, en el que se identifican y valoran tanto los diferentes riesgos
asociados al proyecto como aquellos que pueden afectarlo, y los efectos que pueden
producir en el medio ambiente, concluyendo que no es previsible que los elementos que
conforman el proyecto presenten una vulnerabilidad que pueda producir efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente, como consecuencia de accidentes
graves o catástrofes.
Como elementos más vulnerables se destacan la estación conversora
(transformadores con aceites dieléctricos) y la cámara de empalme de transición
terrestre-marina (aislamiento mediante hexafluoruro de azufre), que serían vulnerables
frente a episodios de sismicidad, inundaciones e incendios, dando lugar a vertidos
contaminantes en tierra, y las embarcaciones y plataforma que se emplea durante la
construcción de la infraestructura, que serían vulnerables frente a colisiones con buques
a la deriva o fenómenos meteorológicos costeros extremos, pudiendo dar lugar a
contaminación de las aguas. La baja probabilidad de ocurrencia de tales episodios en el
ámbito de actuación, unido a las medidas preventivas y correctoras dispuestas por el
EsIA determinan que el riesgo es muy bajo y el proyecto es poco vulnerable, y por tanto
no son previsibles efectos ambientales significativos derivados de dicha vulnerabilidad.
El propio cable no ha sido considerado como elemento vulnerable, ya que, al emplearse
tecnología de aislamiento en seco, no se produciría el vertido de ningún fluido
contaminante en caso de rotura o deterioro.
La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Departamento de
Seguridad del Gobierno Vasco informa sobre algunas consideraciones a tener en cuenta
en relación a los riesgos de incendio forestal, inundaciones y precipitaciones máximas
que serán trasladadas al condicionado de la presente resolución, así como la necesidad
de elaborar un Plan de Autoprotección.
Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes
naturales (al margen de los potenciales efectos ambientales derivados), la presente
resolución recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de

cve: BOE-A-2022-22442
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