III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-22435)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Cash Converters, SL, y sociedades vinculadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184392

como en los de acondicionamiento del mismo para la venta y el proceso de venta
asistida del mismo y/o cobro del producto al cliente final.
Artículo 23.
23.1
0.

Clasificación profesional.

Área funcional primera. Administración y Gestión de la empresa.

Dirección.

Definición. Este grupo engloba el personal que forma parte de los puestos de
Dirección de la mercantil, que tienen un grado de autonomía plena, diseñan y dirigen la
estrategia en las diferentes áreas y son los responsables máximos de la toma de
decisiones, respondiendo solo ante los órganos de gobierno de la empresa.
A.

Grupo Supervisores/as-Mandos.

Definición. El grupo reúne un conjunto de puestos orientados a la supervisión,
programación y organización de la actividad de una sección, unidad, de diferentes
dimensión, complejidad y volumen de negocio.
Responsabilidades y funciones. Responsabilidad operativa sobre una sección
auxiliar, línea y/o equipo de trabajo. Programar y organizar la actividad de la unidad para
el cumplimiento de los objetivos asignados. Distribuir las tareas y actividades y
supervisar la ejecución de los trabajos, en relación a los objetivos de rendimiento,
calidad, plazo, coste, etc. interpretar y transmitir las instrucciones técnicas y operativas
de complejidad a las personas que trabajan a su cargo. Garantizar el cumplimiento de
los criterios de funcionamiento y de los procedimientos de su unidad.
Decidir sobre los problemas que se plantean en base a las normas y criterios
marcados y resolver las incidencias que surgen en su ámbito de responsabilidad.
Controlar el cumplimiento de los objetivos asignados, analizar las desviaciones y
determinar soluciones. Dirigir, informar, formar y motivar a las personas a su cargo, velar
por su seguridad y salud, así como por la adecuada utilización y mantenimiento de los
medios técnicos y materiales asignados a su unidad. Promover y/o canalizar las
propuestas y sugerencias de mejora que se puedan generar.
Grupo Gestores/as de Servicios Centrales.

Definición. El nivel está formado por un conjunto de ocupaciones especializadas, de
distinta naturaleza y cualificación, y sin un componente de mando directo determinante.
Se les encomiendan trabajos que requieren habilidades especializadas adquiridas a
través de una formación o experiencia práctica en la función. La amplitud de los
conocimientos viene determinada por la subfunción desarrollada y su profundidad en el
grado de conocimiento necesario para poder ejecutarla satisfactoriamente y con
autonomía.
Responsabilidades y funciones. Responsabilidad funcional sobre la adecuada
aplicación e implantación de técnicas, métodos y herramientas especializadas,
previamente definidas, con incidencia directa en la resolución de problemas concretos de
carácter técnicos. Dominio de variables operativas y de los procedimientos de trabajo, de
indicadores de eficiencia, de los medios y soportes a utilizar y de los recursos afectados.
Interpretar instrucciones técnicas y de gestión de complejidad, seleccionar y aplicar los
métodos y herramientas especializadas, aplicando criterios generales y procedimientos
establecidos. Realizar diagnósticos, estudios y análisis especializados. Participar en
proyectos de carácter general desarrollando los aspectos técnicos, o administrar y
gestionar proyectos / actividades específicas de su área. Gestionar sistemas definidos y
hacer operativas instrucciones técnicas, transformándolas en normas y procedimientos
de trabajo.
Las personas trabajadoras adscritas a este grupo desarrollaran sus servicios en
puestos acordes a la formación profesional, académica o técnica que posean,

cve: BOE-A-2022-22435
Verificable en https://www.boe.es

B.