III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22441)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Tordesillas Solar PV" con una potencia de 300 MWp/252 MWn, y su infraestructura de evacuación, en San Román de Hornija y Pedrosa del Rey (Valladolid)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184498
Esta pantalla vegetal será imprescindible en todos los laterales de las islas que se
encuentran mirando al borde del páramo y especialmente importante en los laterales que
miran tanto al valle del río Hornija como al del río Bajoz.
21) Las edificaciones de las nuevas subestaciones eléctricas proyectadas (SET
Tordesillas Solar 132/30 kV y SET Tordesillas Renovables 132/400 kV) deberán ser
diseñadas con un tratamiento de color, textura y acabados (especialmente en la cubierta
y las paredes exteriores) acordes al entorno para mejorar su integración en el paisaje. El
transformador y las instalaciones eléctricas vinculadas al proyecto deberán asegurar el
cumplimiento de las medidas contra la electrocución de avifauna contenidas en el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
22) Durante el funcionamiento del proyecto, en caso de ausencia de vegetación
espontánea, bajo los paneles fotovoltaicos y en los pasillos entre los mismos, se
sembrará una mezcla de herbáceas autóctonas para minimizar potenciales impactos
sobre la escorrentía, permeabilidad y erosionabilidad del suelo. El control de la
vegetación espontánea surgida naturalmente o implantada bajo los seguidores y en los
pasillos de separación de la planta fotovoltaica deberá realizarse mediante técnicas
inocuas como el desbroce manual o mecánico (fuera del periodo reproductor de las aves
potencialmente afectadas y atendiendo a lo estipulado en la normativa autonómica sobre
incendios forestales) o el pastoreo controlado.
23) El Material Forestal de Reproducción a emplear en la restauración vegetal
(frutos y semillas, plantas y partes de plantas) deberá cumplir con el Decreto 54/2007,
de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de
reproducción en la Comunidad de Castilla y León, y su procedencia estar conforme con
el Catálogo de Material Forestal de Reproducción vigente que los delimita y determina.
24) Con el objeto de evitar la posible propagación del fuego y no dificultar las
labores de extinción de incendios forestales o de gestión de masas forestales, el vallado
perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites colindantes con terrenos de monte,
deberá establecerse a una distancia de, al menos, 5 metros para mantener siempre una
franja libre de vegetación arbórea y/o arbustiva. Asimismo, en el interior de la planta
también se deberá mantener, junto al cerramiento, una franja perimetral libre de
vegetación.
25) Los cortes y restricciones de paso en carreteras o caminos se minimizarán a lo
mínimo indispensable, se restituirán a la mayor brevedad posible y se avisará a la
población local con la suficiente antelación.
26) En la zona norte de la isla 18, donde se proponía inicialmente una
reforestación, se sustituirá la plantación prevista por la realización de dos charcas
diseñadas específicamente para ganga ortega y ganga ibérica. Estas tendrán un tamaño
de entre 0,5 y 1 ha cada una, estarán separadas al menos 250 m una de la otra y
deberán tener escasa pendiente y sin vegetación en sus márgenes, con el fin de que
puedan ser aprovechadas por estas especies como zona de abrevadero. En el resto de
la superficie, se creará un hábitat de tipo estepario según los requerimientos ecológicos
específicos para las citadas especies.
27) Se instalarán 25 cajas nido para cernícalo primilla, repartidas por el interior del
recinto de las islas fotovoltaicas en postes de madera próximos al vallado perimetral en
las zonas interiores del páramo a una altura mínima de 4 m. Como complemento a las
cajas nido, se instalarán posaderos (postes) de 4‐5 m de alto con listón superior para
favorecer la presencia de rapaces. Asimismo, se instalará un mínimo de 4 refugios de
polinizadores para la cría de invertebrados, que se ubicarán en las proximidades de los
viñedos cercanos a la planta fotovoltaica.
28) Deberán añadirse en medio de los paneles fotovoltaicos líneas blancas en
forma de rejilla para minimizar la mortalidad de insectos, en especial acuáticos, aves y
quirópteros por colisión con los mismos.
29) Debe asegurarse que en ningún núcleo de población y/o vivienda aislada o
edificio de uso sensible cercano a las subestaciones o a las líneas eléctricas de
evacuación o cualquier otro elemento del proyecto susceptible de producir campos
cve: BOE-A-2022-22441
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 309
Lunes 26 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 184498
Esta pantalla vegetal será imprescindible en todos los laterales de las islas que se
encuentran mirando al borde del páramo y especialmente importante en los laterales que
miran tanto al valle del río Hornija como al del río Bajoz.
21) Las edificaciones de las nuevas subestaciones eléctricas proyectadas (SET
Tordesillas Solar 132/30 kV y SET Tordesillas Renovables 132/400 kV) deberán ser
diseñadas con un tratamiento de color, textura y acabados (especialmente en la cubierta
y las paredes exteriores) acordes al entorno para mejorar su integración en el paisaje. El
transformador y las instalaciones eléctricas vinculadas al proyecto deberán asegurar el
cumplimiento de las medidas contra la electrocución de avifauna contenidas en el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
22) Durante el funcionamiento del proyecto, en caso de ausencia de vegetación
espontánea, bajo los paneles fotovoltaicos y en los pasillos entre los mismos, se
sembrará una mezcla de herbáceas autóctonas para minimizar potenciales impactos
sobre la escorrentía, permeabilidad y erosionabilidad del suelo. El control de la
vegetación espontánea surgida naturalmente o implantada bajo los seguidores y en los
pasillos de separación de la planta fotovoltaica deberá realizarse mediante técnicas
inocuas como el desbroce manual o mecánico (fuera del periodo reproductor de las aves
potencialmente afectadas y atendiendo a lo estipulado en la normativa autonómica sobre
incendios forestales) o el pastoreo controlado.
23) El Material Forestal de Reproducción a emplear en la restauración vegetal
(frutos y semillas, plantas y partes de plantas) deberá cumplir con el Decreto 54/2007,
de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de
reproducción en la Comunidad de Castilla y León, y su procedencia estar conforme con
el Catálogo de Material Forestal de Reproducción vigente que los delimita y determina.
24) Con el objeto de evitar la posible propagación del fuego y no dificultar las
labores de extinción de incendios forestales o de gestión de masas forestales, el vallado
perimetral del ámbito del proyecto, en sus límites colindantes con terrenos de monte,
deberá establecerse a una distancia de, al menos, 5 metros para mantener siempre una
franja libre de vegetación arbórea y/o arbustiva. Asimismo, en el interior de la planta
también se deberá mantener, junto al cerramiento, una franja perimetral libre de
vegetación.
25) Los cortes y restricciones de paso en carreteras o caminos se minimizarán a lo
mínimo indispensable, se restituirán a la mayor brevedad posible y se avisará a la
población local con la suficiente antelación.
26) En la zona norte de la isla 18, donde se proponía inicialmente una
reforestación, se sustituirá la plantación prevista por la realización de dos charcas
diseñadas específicamente para ganga ortega y ganga ibérica. Estas tendrán un tamaño
de entre 0,5 y 1 ha cada una, estarán separadas al menos 250 m una de la otra y
deberán tener escasa pendiente y sin vegetación en sus márgenes, con el fin de que
puedan ser aprovechadas por estas especies como zona de abrevadero. En el resto de
la superficie, se creará un hábitat de tipo estepario según los requerimientos ecológicos
específicos para las citadas especies.
27) Se instalarán 25 cajas nido para cernícalo primilla, repartidas por el interior del
recinto de las islas fotovoltaicas en postes de madera próximos al vallado perimetral en
las zonas interiores del páramo a una altura mínima de 4 m. Como complemento a las
cajas nido, se instalarán posaderos (postes) de 4‐5 m de alto con listón superior para
favorecer la presencia de rapaces. Asimismo, se instalará un mínimo de 4 refugios de
polinizadores para la cría de invertebrados, que se ubicarán en las proximidades de los
viñedos cercanos a la planta fotovoltaica.
28) Deberán añadirse en medio de los paneles fotovoltaicos líneas blancas en
forma de rejilla para minimizar la mortalidad de insectos, en especial acuáticos, aves y
quirópteros por colisión con los mismos.
29) Debe asegurarse que en ningún núcleo de población y/o vivienda aislada o
edificio de uso sensible cercano a las subestaciones o a las líneas eléctricas de
evacuación o cualquier otro elemento del proyecto susceptible de producir campos
cve: BOE-A-2022-22441
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Núm. 309