III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22439)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Cambio de tensión a 400 kV de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, San Sebastián de los Reyes-Loeches 2".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309

Lunes 26 de diciembre de 2022

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En el ámbito de estudio se localizan los montes de utilidad pública 152 «El Caldeillo
y 210 «Finca del Casería del Henares». Asimismo, se localizan tramos de montes
preservados, al amparo del art. 20 de la Ley 16/1995, por estar incluidos en zona ZEPA.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales en la Comunidad de Madrid
estima adecuadas a los efectos del art. 43 de la citada Ley, las reforestaciones
propuestas de 0,5 ha del Caserío de Henares y 0,5 ha en colaboración con el Real
Jardín Botánico, además de las reposiciones de las especies arbóreas cortadas como
consecuencia de las obras, en proporción 1:4.
En cuanto a otras infraestructuras o equipamientos, la línea intercepta 18 carreteras,
destacando la autovía E-5, con titularidad europea, y la A-2 o autovía del nordeste.
Atraviesa la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona y cruza el gaseoducto «LoechesInstalación CLH Barajas».
b.9 Residuos: el promotor realiza una estimación previa de los residuos generados
durante la ejecución de los trabajos para los que se ha cuantificado entre otros la
generación de 82.630 kg de chatarra, 920,50 kg de plásticos y envases, 526 kg de
madera. También prevé 117 m³ de excedente de excavación, contemplando medidas en
cuanto a la segregación, almacenamiento, manejo y gestión de estos. No obstante, no se
incluye el desmontaje y demolición de los apoyos, cimentaciones y conductores del
antiguo trazado para aquellos tramos de la línea en la que se prevé la modificación del
trazado, por lo que será necesario que dichas actuaciones se recojan en un proyecto
específico.
c.

Análisis de efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

La documentación incluye el análisis del riesgo sísmico (vulnerabilidad baja), por
fenómenos meteorológicos adversos por fuertes vientos y nevadas (vulnerabilidad baja),
riesgos de inundación (vulnerabilidad moderada, para apoyo T-42 PAS ubicado a
escasos metros de una zona inundable con alta probabilidad), riesgo geotécnico
(vulnerabilidad moderada: recomienda estudio geotécnico de detalle para apoyos T-77,
T-78, T-42PAS y T-49 PAS) e incendios forestales (vulnerabilidad baja).
El deterioro o caída de los elementos de la instalación no implica riesgos
medioambientales relevantes, salvo posible afección puntual a arbolado o vegetación. En
relación con el riesgo de incendio que podría ocasionar la caída de los conductores, se
estará a lo dispuesto en el «Plan de Prevención de incendios forestales del Estudio.
Tampoco se prevén afecciones sobre las personas o sus bienes teniendo en cuenta las
distancias de seguridad mantenidas y las edificaciones e infraestructuras.
En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como su propio
diseño, la vulnerabilidad del proyecto es un factor más a considerar en la decisión de
autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
artículo 7.1. b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.

cve: BOE-A-2022-22439
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