III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22439)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Cambio de tensión a 400 kV de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, San Sebastián de los Reyes-Loeches 2".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

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Escuela Central de Capacitación Agraria (1 km al sur) y el Castillo de Aldovea (1,5 km al
este) exige una sensibilidad medioambiental especial en su ejecución.
En cualquier caso, el diseño del proyecto y de las medidas técnicas adoptadas
deberán garantizar el cumplimento de las medidas de protección sanitaria frente a
emisiones radioeléctricas, así como las normativas urbanísticas que resulten de
aplicación para la totalidad del recorrido de la línea.
b.2 Flora, vegetación, fauna, biodiversidad. Durante la fase de obras se producirán
impactos directos sobre la vegetación, especies de flora protegida, así como sobre
diversos hábitats de interés comunitario (HIC) debido al transporte de materiales hasta la
base de los apoyos y la ocupación de la maquinaria, que serán más relevantes en los
apoyos con actuaciones de tipo 1 que precisan de maquinaria estándar, caminos de
acceso y campas de trabajo.
El estudio detecta para los apoyos T-38, T-42, T-63, T-64 y T-65 la presencia de la
especie de flora de interés especial Glycyrrhiza glabra (Catálogo Regional de la
Comunidad de Madrid) y de Cyanara tournerfortii y Malvella sherardiana que no figuran
en los catálogos nacional o autonómico de especies protegidas pero sí aparecen
incluidas en la Lista Roja de la Flora Vascular Española en las categorías «En peligro
crítico» y «Vulnerable» respectivamente, considerando significativa la afección que se
producirá en el entorno del apoyo T-42PAS por afección directa de unos 475 m² de suelo
sobre las especies Cynara tournerfortii que presenta una elevada cobertura siendo
dominante alrededor del apoyo y Malvella sherardiana (en menor medida).
Además, en el entorno de 7 apoyos (T-14, T-26, T-64, T-65, T-66, T-28 PSF LOE) y
sus accesos se detecta la presencia de los HIC: 5330,1430, 92D0, siendo de tipo
prioritario el 1520* Vegetación gipsícola ibérica (Gypsiphiletalia) cuya afección se ha
cuantificado en 75 m2 por desbroce de la campa entorno al apoyo T-66 y pequeñas
afecciones entorno a los apoyos T-28 PSF LOE Y T-75; y 6220* «Zonas de gramíneas y
anuales del Thero-Brachypodietea», en los 20 m2 entorno al apoyo T-28PSF LOE y en el
apoyo T-78, a lo largo de los 10-12 m finales de acceso; no habiéndose considerado la
afección sobre las mismos como significativos.
Asimismo, la ejecución de los trabajos supondrá, en cuanto accesos y plataformas, la
tala de 22 ejemplares arbóreos: 1 pie de Celtis australis, 6 pies de Pinus halepensis (uno
de ellos muerto), 6 pies de Pinus pinea, 4 pies de Prunus dulcis, 3 pies de Ulmus minor,
2 pies de Ulmus pumilla, así como la poda de 5 pies.
El Estudio contempla medidas para el diseño de los accesos y la protección y
restauración de la flora, y los hábitats de interés comunitario como, la reposición de 84
árboles (8 de Ulmus pumilla, 20 de Pinus halepensis, 4 de Celtis australis, 16 de Prunus
dulcis y 12 de Ulmus minor), la plantación y siembra con especies características de
cada hábitat afectado por las actuaciones de tipo 1 y medidas específicas en torno al
apoyo T-42PAS que incluye cerramiento temporal del perímetro de la obra, zonas de
exclusión con cerramiento temporal, recolección de semillas de Cynara tournefortii y
Malvella sherardiana para donación al Real Jardín Botánico, cronograma de trabajo para
la ejecución de las actuaciones en el apoyo fuera del periodo vegetativo de ambas
especies entre el 1 de marzo y el 15 de octubre, desarrollo de plántulas de dichas
especies y revegetación de 0,5 ha con estas especies, en coordinación con el Real
Jardín Botánico, considerándose la posibilidad de introducir las especies en zonas de
igual tipología de suelo y similar ecología en zonas desarboladas del MUP próximo al
apoyo «El Calderillo». Dado que ambas especies son vivaces, además de excluir de las
obras todo su periodo vegetativo se considera que deben adoptarse medidas adicionales
de protección en toda la zona de operación en torno a dicho apoyo que eviten
alteraciones importantes del suelo y con ello la destrucción de sus órganos vegetativos,
de manera que se garantice su plena recuperación tras las obras. También deben
incorporarse medidas compensatorias específicas de daño que resulte finalmente
inevitable, con un factor de compensación apropiado al nivel de amenaza reconocido
para estas especies. Por su particular valor ecológico, se considera que en el mismo
sentido deben adoptarse medidas de protección adicionales y de compensación de los

cve: BOE-A-2022-22439
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Núm. 309