III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-22457)
Orden CIN/1286/2022, de 17 de diciembre, por la que se aprueban la bases reguladoras de las ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito del fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 184761

2. Las categorías de actuaciones que serán financiables y objeto de concreción en
las convocatorias serán las siguientes:
a) Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología, de cualquier
temática, y dirigidos a cualquier segmento de la población divididos por la duración de
los mismos entre proyectos con periodos de ejecución de hasta 12 meses, que se
dividirán a su vez en recurrentes y nuevos; y proyectos con periodo de ejecución de
entre 12 y 24 meses.
b) Programas anuales de actividades de las Unidades de Cultura Científica y de la
Innovación (UCC+I), intermediarias entre los colectivos investigador e innovador, y los
medios de comunicación, así como entre los primeros y la sociedad.
c) Ferias de la ciencia, cuyo objetivo sea la organización de eventos en los que el
protagonista sea el alumnado no universitario que, con la ayuda del profesorado o del
personal investigador, presente al público general, incluido el resto de estudiantes, los
resultados de un proyecto científico de naturaleza experimental tutorizado por sus
docentes.
d) Proyectos singulares sobre la temática o temáticas y con las características
específicas que se concreten en cada convocatoria.
Artículo 7. Conceptos susceptibles de ayuda.
1. Las ayudas se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y
ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas en los términos
previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que de manera indubitada estén
relacionados directamente con el desarrollo de las actuaciones objeto de financiación,
sean necesarios para su ejecución y hayan sido contraídos durante el periodo de
ejecución establecido para su realización y se hallen efectivamente pagados a la
presentación de la justificación de la ayuda. Deberán ser gastos identificables y
controlables y sujetos a precios de mercado.
2. La financiación podrá aplicarse, entre otros, a los siguientes costes directos de
ejecución en las condiciones y con las limitaciones que establezca la convocatoria:
1.º Costes de personal: será financiable el coste laboral del personal contratado
exclusiva y específicamente para la realización de la actividad objeto de la ayuda,
debiendo constar expresamente en su contrato laboral. El personal podrá ser contratado
bajo cualquier modalidad de contratación, acorde con lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores y el resto de legislación laboral vigente y normativa a la
que esté sometida la entidad beneficiaria.
No se financiarán los costes de personal propio vinculado contractualmente a la
entidad beneficiaria. En ningún caso, se financiarán los costes de personal de los
miembros de los órganos de gobierno, administración o gestión, definidos
estatutariamente, con independencia del tipo de relación jurídica que mantengan con la
entidad beneficiaria. En el caso de organismos y entidades del sector público cuyos
presupuestos consoliden con los Presupuestos Generales del Estado o con los de las
Comunidades Autónomas no serán susceptibles de ayuda los gastos de personal propio,
financiados con dichos presupuestos.
2.º Costes de movilidad: gastos de viaje, locomoción, alojamiento y manutención,
siempre y cuando sean ejecutados por personal involucrado en la ejecución de las
actividades objeto de ayuda, que estén directamente vinculados a la actividad y se
identifique claramente a la persona que ha incurrido en el gasto.

cve: BOE-A-2022-22457
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Núm. 309