III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22232)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Covadonga Solar, de 100 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Sábado 24 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 182203
recolección para las aves, superficies de barbecho viejo o de larga duración y sin laboreo
en su época de reproducción, y superficies de barbecho verde sin laboreo durante varios
ciclos anuales para establecimiento de herbazales esteparios.
– Prohibición del uso de fitosanitarios.
– Limitación y retraso de fechas de cosecha para evitar muerte de juveniles, con un
marco de flexibilidad para adaptar las fechas a la fenología de cada temporada.
– Mantenimiento y conservación sin laboreo de lindes extendidas al menos 3 m para
creación de franjas con vegetación arvense.
El programa de medidas agroambientales se actualizará en función de los resultados
de su seguimiento adaptativo con una periodicidad de al menos cada 5 años, debiendo
obtener cada versión la expresa conformidad de la DG de Medio Natural y Biodiversidad
de Castilla-La Mancha.
2.26.2 Creación y mantenimiento de puntos de agua o charcas temporales.
2.26.3 Realización de campañas anuales, durante toda la fase de explotación del
proyecto, de localización de nidos de aguiluchos y protección activa de polladas en el
momento de la cosecha.
2.27 Medidas compensatorias de la pérdida de hábitat de alimentación y campeo
para aves rapaces, a ejecutar durante toda la vida útil de la planta solar fotovoltaica
hasta su total desmantelamiento y recuperación de la superficie agrícola original:
2.27.1 Se prestará especial atención a los aguiluchos pálido y cenizo, favoreciendo
la siembra de variedades de cultivo de ciclo largo, crecimiento temprano y de alta
densidad, que sirvan como zonas de nidificación.
2.27.2 Instalación y conservación de un primillar con capacidad para al menos 10
parejas.
2.27.3 Instalación y gestión de al menos seis majanos o vivares para conejo de
monte con sus respectivas superficies perimetrales de pastizal excluidas de cultivo para
mejora del hábitat de la especie, preferentemente en terrenos de titularidad pública y en
su caso previo acuerdo con las fincas del entorno.
2.27.4 Instalación y conservación de al menos 40 cajas nido o plataformas
artificiales para rapaces nocturnas y diurnas.
2.27.5 Instalación de al menos 10 posaderos para rapaces en la proximidad de
zonas con presencia de especies presa.
El responsable de la ejecución de las medidas compensatorias será el promotor del
proyecto, y su diseño y seguimiento deben estar supervisados y orientados por la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha.
2.28 Exploración mediante sondeos de un área de al menos 50 m de radio con
respecto a los lugares donde se han detectado restos arqueológicos en superficie
(hallazgos aislados). Este estudio tendrá como fin evaluar la posible existencia de
elementos patrimoniales en el subsuelo, para los cuales la dirección arqueológica
propondrá las medidas correctoras de conservación que deberán ser visadas y
autorizadas expresamente por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes de Toledo. En caso de obtenerse resultados positivos, el proyecto
constructivo deberá adaptarse a lo que determine el órgano competente en patrimonio
cultural.
Paisaje.
2.29 Fase de construcción: en todo el perímetro cercado se realizarán plantaciones
con especies arbustivas o arborescentes autóctonas que enmascaren el parque y
reduzcan su visibilidad, y al tiempo reduzcan el riesgo de colisión de aves en vuelo
rasante con el cerramiento.
cve: BOE-A-2022-22232
Verificable en https://www.boe.es
Patrimonio cultural.
Núm. 308
Sábado 24 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 182203
recolección para las aves, superficies de barbecho viejo o de larga duración y sin laboreo
en su época de reproducción, y superficies de barbecho verde sin laboreo durante varios
ciclos anuales para establecimiento de herbazales esteparios.
– Prohibición del uso de fitosanitarios.
– Limitación y retraso de fechas de cosecha para evitar muerte de juveniles, con un
marco de flexibilidad para adaptar las fechas a la fenología de cada temporada.
– Mantenimiento y conservación sin laboreo de lindes extendidas al menos 3 m para
creación de franjas con vegetación arvense.
El programa de medidas agroambientales se actualizará en función de los resultados
de su seguimiento adaptativo con una periodicidad de al menos cada 5 años, debiendo
obtener cada versión la expresa conformidad de la DG de Medio Natural y Biodiversidad
de Castilla-La Mancha.
2.26.2 Creación y mantenimiento de puntos de agua o charcas temporales.
2.26.3 Realización de campañas anuales, durante toda la fase de explotación del
proyecto, de localización de nidos de aguiluchos y protección activa de polladas en el
momento de la cosecha.
2.27 Medidas compensatorias de la pérdida de hábitat de alimentación y campeo
para aves rapaces, a ejecutar durante toda la vida útil de la planta solar fotovoltaica
hasta su total desmantelamiento y recuperación de la superficie agrícola original:
2.27.1 Se prestará especial atención a los aguiluchos pálido y cenizo, favoreciendo
la siembra de variedades de cultivo de ciclo largo, crecimiento temprano y de alta
densidad, que sirvan como zonas de nidificación.
2.27.2 Instalación y conservación de un primillar con capacidad para al menos 10
parejas.
2.27.3 Instalación y gestión de al menos seis majanos o vivares para conejo de
monte con sus respectivas superficies perimetrales de pastizal excluidas de cultivo para
mejora del hábitat de la especie, preferentemente en terrenos de titularidad pública y en
su caso previo acuerdo con las fincas del entorno.
2.27.4 Instalación y conservación de al menos 40 cajas nido o plataformas
artificiales para rapaces nocturnas y diurnas.
2.27.5 Instalación de al menos 10 posaderos para rapaces en la proximidad de
zonas con presencia de especies presa.
El responsable de la ejecución de las medidas compensatorias será el promotor del
proyecto, y su diseño y seguimiento deben estar supervisados y orientados por la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha.
2.28 Exploración mediante sondeos de un área de al menos 50 m de radio con
respecto a los lugares donde se han detectado restos arqueológicos en superficie
(hallazgos aislados). Este estudio tendrá como fin evaluar la posible existencia de
elementos patrimoniales en el subsuelo, para los cuales la dirección arqueológica
propondrá las medidas correctoras de conservación que deberán ser visadas y
autorizadas expresamente por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación,
Cultura y Deportes de Toledo. En caso de obtenerse resultados positivos, el proyecto
constructivo deberá adaptarse a lo que determine el órgano competente en patrimonio
cultural.
Paisaje.
2.29 Fase de construcción: en todo el perímetro cercado se realizarán plantaciones
con especies arbustivas o arborescentes autóctonas que enmascaren el parque y
reduzcan su visibilidad, y al tiempo reduzcan el riesgo de colisión de aves en vuelo
rasante con el cerramiento.
cve: BOE-A-2022-22232
Verificable en https://www.boe.es
Patrimonio cultural.