III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22232)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Covadonga Solar, de 100 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Toledo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022
3.2.9

Sec. III. Pág. 182197

Población, salud humana.

Los trabajos de construcción pueden producir molestias temporales por ruidos, polvo,
aumento de la circulación de vehículos por la zona, etc., que por la localización del
proyecto y su reversibilidad no son significativos. También pueden afectar a las
actividades turísticas por intromisión en su espacio.
La Dirección General de Economía Circular de Castilla-La Mancha informa que se
debe evitar encerrar parcelas con viviendas entre los recintos ocupados por módulos, así
como ubicar la planta solar a una distancia adecuada del suelo urbanizable o urbano, ya
que se encuentra a una distancia mínima de 460 m del núcleo urbano de Carranque y
a 45 m de la urbanización El Barrero. En cualquier caso, esta Dirección General informa
que se debe incorporar al proyecto un anexo sobre las medidas correctoras que
disminuyan tal impacto recogiendo las características de la pantalla vegetal perimetral.
En contestación a este último requerimiento, el promotor ha modificado el proyecto
evitando rodear la mencionada zona urbanizada, y adjuntado una propuesta de
plantación perimetral a lo largo de 5 km lineales en el perímetro exterior de la planta
fotovoltaica con especies arbóreas (encina, olivo) y arbustivas (majuelo, rosal silvestre y
zarzamora).
3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes.
El Estudio de Impacto Ambiental incluye un análisis de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes o catástrofes naturales, que concluye que las zonas de implantación
de la planta solar se asientan en terrenos con riesgo de incendio forestal bajo, aunque
limitan con terrenos asociados a cauces y riberas con riesgo de incendio alto y muy alto.
Igualmente considera un riesgo bajo de accidentes durante la construcción u operación,
por lo que la vulnerabilidad es baja.
El informe de coordinación de emergencias de la Delegación Provincial en Toledo de la
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Castilla-La Mancha
señala que no están cuantificados los riesgos por inundaciones, incendios forestales,
vendavales, movimientos de ladera, etc. No hay un estudio específico de inundación
relacionado con los arroyos que atraviesan la planta solar. Tampoco se contemplan
medidas correctoras o reparadoras de la cubierta vegetal, medios de protección (por
ejemplo, extintores), ni se desarrolla un plan de emergencia en caso de ocurrencia de
accidentes o catástrofes (medios de auxilio, teléfonos de emergencia, etc.).
El promotor alega que se han analizado los riesgos de catástrofes naturales
(terremotos, inundaciones, incendios o vientos fuertes), y que la exclusión de pendientes
mayores del 10 % evita los riesgos de deslizamiento de laderas. Asimismo, indica que para
la obtención de Autorización Administrativa de construcción se redactará un Proyecto
Técnico que incluirá, en cumplimiento de la legislación en materia industrial, eléctrica y de
seguridad, las correspondientes medidas de defensa contra incendios. Por último, indica
que el estudio en detalle de inundaciones se incluirá en el Proyecto Constructivo.
Programa de vigilancia ambiental.

El Estudio de Impacto Ambiental contiene un programa de vigilancia cuyo objetivo
consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y
correctoras descritas, con el que se prevé que todas las acciones impactantes del
Proyecto se vigilen, documenten y reporten.
Entre los seguimientos que contempla cabe mencionar:
a)

Antes del inicio de las obras:

– Prospección de fauna.
– Control de los niveles acústicos en la zona de obras.
– Control de la contaminación atmosférica en inmisión.

cve: BOE-A-2022-22232
Verificable en https://www.boe.es

3.4