I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Artículo 49.

Sec. I. Pág. 180630

Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.5 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de
recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión,
durante el ejercicio presupuestario de 2023 los recursos ajenos del FROB no superarán el
importe de 6.869.983 miles de euros.
CAPÍTULO II
Avales Públicos y Otras Garantías
Artículo 50.

Importe de los Avales del Estado.

Uno. El importe máximo de los avales a otorgar por el Consejo de Ministros, según
lo establecido en los artículos 114.2 y 115 de la Ley 47/2003, 26 de noviembre, General
Presupuestaria, durante el ejercicio del año 2023, no podrá exceder de 500.000 miles de
euros.
Dos. Se autoriza a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional para
que, en la ejecución de los avales del Estado a los que se refieren el apartado Dos.e) del
artículo 52 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2012 y el apartado dos.b) del artículo 54 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2013, pueda efectuar los pagos correspondientes
a las obligaciones garantizadas mediante operaciones de tesorería con cargo al concepto
específico establecido a tal fin.
Con posterioridad a su realización, la Secretaría General del Tesoro y Financiación
Internacional procederá a la aplicación definitiva al presupuesto de gastos de los pagos
realizados en el ejercicio, salvo los efectuados en el mes de diciembre de cada año, que
se aplicarán al presupuesto en el año siguiente.
Artículo 51. Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles
estatales.
Se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a prestar avales en el
ejercicio del año 2023, en relación con las operaciones de crédito que concierten y con las
obligaciones derivadas de concursos de adjudicación en que participen durante el citado
ejercicio las sociedades mercantiles en cuyo capital participe directa o indirectamente,
hasta un límite máximo de 1.210.000 miles de euros.

Se autoriza a Renfe-Operadora EPE. y a las sociedades en las que participe directa y
mayoritariamente de su Grupo Empresarial, a la formalización de avales u otro tipo de
garantías por cuenta de terceros, incluyendo cartas de patrocinio, a favor de las sociedades
mercantiles en cuyo capital participen directa o indirectamente, en relación con las
operaciones de crédito que se concierten, con los contratos en el ámbito internacional
relacionados con su actividad o con las obligaciones derivadas de concursos de
adjudicación en que participen, que junto a las ya concedidas no supongan un riesgo vivo
superior al límite de 200.000 miles de euros a 31 de diciembre de 2023.
Artículo 53.

Información sobre avales públicos otorgados.

El Gobierno comunicará trimestralmente a las Cortes Generales, a través de su Oficina
Presupuestaria, el saldo vivo y características principales de los avales públicos otorgados.
La Oficina pondrá dicha documentación a disposición de los Diputados, Senadores y las
Comisiones parlamentarias.

cve: BOE-A-2022-22128
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 52. Garantías de Renfe-Operadora EPE. y las sociedades de su grupo
empresarial.