I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 180614

El Banco de España informará a la Comisión de Seguimiento de la Negociación
Colectiva de las Empresas Públicas, con carácter previo, tanto del inicio de la negociación
de un convenio o acuerdo colectivo, como de cualquier propuesta de acuerdo que vaya a
ser remitida a la representación de los trabajadores, así como de los convenios o acuerdos
alcanzados.
Artículo 34. Competencia del Ministerio de Hacienda y Función Pública en materia de
costes y condiciones de trabajo del personal al servicio del sector público estatal en el
ámbito de la negociación colectiva.
Uno. La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos aprobará las
Pautas para la negociación colectiva en el sector público estatal para el ejercicio 2023, a
las que estarán sujetas las entidades públicas empresariales y demás entes públicos del
sector público estatal, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público
estatal, consorcios participados mayoritariamente por el sector público estatal y mutuas
colaboradoras con la Seguridad Social y sus centros mancomunados.
Dos. Una vez autorizadas las Pautas para la negociación colectiva en el sector
público estatal para el ejercicio 2023, con carácter previo al inicio de las negociaciones, las
entidades públicas empresariales y demás entes públicos del sector público estatal,
sociedades mercantiles estatales, fundaciones del sector público estatal, consorcios
participados mayoritariamente por el sector público estatal y mutuas colaboradoras con la
Seguridad Social y sus centros mancomunados deberán recabar informe de la Secretaría
de Estado de Función Pública sobre las líneas de negociación y las principales medidas
que se pretenden plantear en la negociación colectiva, previo informe de la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos sobre impacto presupuestario.
Una vez emitido dicho informe, se podrá iniciar la negociación colectiva con la
representación legal de los trabajadores. La negociación colectiva deberá ajustarse a la
propuesta informada.
Tres. Todos los acuerdos, convenios, pactos o cualesquiera otros instrumentos de
negociación colectiva similares, así como las medidas que se adopten en su cumplimiento
o desarrollo, cuyo contenido se refiera a gastos imputables al capítulo de gastos de
personal de los presupuestos de las entidades públicas empresariales, y demás entes
públicos del sector público estatal, sociedades mercantiles estatales, fundaciones del
sector público estatal, consorcios participados mayoritariamente por el sector público
estatal y mutuas colaboradoras con la Seguridad social y sus centros mancomunados así
como a demás condiciones de trabajo, requerirán, para su plena efectividad, de la
autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de
Estado de Función Pública, previo informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos sobre impacto presupuestario, siendo nulos de pleno derecho los que se alcancen
sin dicha autorización, sin que de los mismos pueda en ningún caso derivarse, directa o
indirectamente, incremento del gasto público en materia de costes de personal y/o
incremento de retribuciones por encima del autorizado en el artículo 19 de esta ley.
En estos supuestos, la Secretaría de Estado de Función Pública informará de las
actuaciones realizadas a la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las
Empresas Públicas.
Cuatro. Los Acuerdos, convenios, pactos o cualesquiera otros instrumentos de
negociación colectiva similares, cuyo contenido se refiera a gastos imputables al Capítulo
de gastos de personal de los presupuestos de los departamentos ministeriales, Organismos
y Agencias Estatales requerirán, para su plena efectividad, de la autorización del Ministerio
de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
previo informe de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos sobre el impacto
presupuestario.
En estos supuestos, la Secretaría de Estado de Función Pública informará de las
actuaciones realizadas a la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de
Retribuciones.

cve: BOE-A-2022-22128
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Núm. 308