I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Política Agrícola Común. (BOE-A-2022-22127)
Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 180499

importante de los operadores incorporan en sus técnicas productivas y de organización
empresarial métodos sofisticados y de avanzada tecnología, en muchos casos
completada con la necesidad de mantener intercambios con otros operadores por
medios tecnológicos –por ejemplo en materia de trazabilidad o gestión comercial–, que
se complementan con las crecientes obligaciones sectoriales de relacionarse
electrónicamente con los poderes públicos y la frecuente puesta a disposición por parte
de estos de mecanismos informáticos para asegurar las tareas de control, dación de
información y seguimiento.
No obstante, deben preverse los mecanismos y recursos necesarios para el respeto
de los derechos de las personas físicas titulares de explotaciones agrarias que no tienen
acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios, asegurando su derecho a
la transmisión de información y comunicación por medios no electrónicos, ya que no se
les puede obligar a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con las
administraciones públicas.
El texto también contempla que dicha relación con la administración se lleve a cabo
mediante el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la
producción agraria (SIEX). Este sistema recibirá financiación del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) a través de su IV palanca «Una Administración
para el siglo XXI», Componente 11 «Modernización de las Administraciones públicas»,
inversión dos «Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del
Estado». La inversión 2 tiene el objetivo 165 de «Adjudicación de proyectos de apoyo a
los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado» y el
hito 166 de «Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de
digitalización de la Administración General del Estado».
Asimismo, se procede a modificar diversas normas dictadas en materia de aplicación
de la Política Agrícola Común (PAC) en el Reino de España o relacionadas con su
ámbito de aplicación, como son la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de
los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, y la
Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, en lo que se refiere a las
autorizaciones de plantación de viñedo, para adaptar la actual regulación a la futura PAC.
De manera concomitante, se establecen disposiciones para sancionar los
incumplimientos en materias actualmente reguladas en el Reglamento (UE) n.º
1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el
que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que
se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y
(CE) n.º 1234/2007, y que van a continuar siendo objeto del Reglamento de la
Organización Común de Mercados Agrarios, como son la norma de comercialización en
el sector del aceite de oliva, contemplada en el actual artículo 167 bis o la norma de
comercialización del vino prevista en el artículo 167, ambos del mencionado reglamento.
Por iguales motivos, es preciso actualizar el régimen sancionador aplicable en la materia
en lo relativo a declaraciones obligatorias, contratación y organizaciones de productores,
actualmente regulado en la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e
Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, pero que
tiene una incardinación jurídica más acertada en esta ley.
Finalmente, se establece el necesario régimen sancionador en materia de
comercialización de aceite de oliva, determinados ámbitos del sector lácteo, cría animal,
nutrición sostenible en los suelos agrarios y el registro de mejores técnicas disponibles
(MTDs), o en lo relativo a la reducción del uso de productos fitosanitarios o antibióticos,
legislación que entronca directamente con el bienestar animal y la sanidad animal y
vegetal o la protección del medio ambiente o la salud pública, en el marco de
actuaciones para dar cumplimiento a los objetivos de la PAC, tales como la conservación
de la biodiversidad, o los objetivos establecidos en la Estrategia Europea «De la granja a
la mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y que responda a los compromisos
existentes en materias ambientales y climáticas, como es, por ejemplo, el uso sostenible

cve: BOE-A-2022-22127
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Núm. 308