III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-22100)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y el Ministerio de Defensa, para la formación profesional para el empleo de los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y el colectivo de reservistas de especial disponibilidad de la categoría de tropa y marinería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

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de los participantes, para los que se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación
en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Programación de acciones formativas.

La DIGEREM y el Servicio Público de Empleo Estatal, tendrán en cuenta, tanto para
elaborar la programación como para aprobar las acciones formativas, las indicaciones
establecidas en el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre, por el que se aprueba la
Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 o norma que lo sustituya. En
los Informes anuales de prospección y detección de necesidades formativas y en los
trabajos de prospección del Observatorio de las Ocupaciones del Servicio Público de
Empleo Estatal, se puede obtener información sobre las actividades económicas y
ocupaciones con mejores perspectivas de empleo y las necesidades formativas
detectadas.
En la solicitud de programación que presente el Ministerio de Defensa al Servicio
Público de Empleo Estatal se incluirá, ordenado por comunidades autónomas y
provincias, la denominación de la Unidad como centro de formación, su número de
censo, dirección, las especialidades formativas que se pretenden impartir con indicación
del código de la especialidad, los módulos formativos seleccionados de cada
especialidad formativa si es susceptible de programación modular, el número de
alumnos, el número de horas idóneas para formación de los militares de tropa y
marinería, pudiéndose incluir en todas las actividades formativas módulos
complementarios (Inserción Laboral y Técnicas de Búsqueda de Empleo, y Prevención
de Riesgos Laborales). Asimismo dichos módulos complementarios podrán ser cursados
con carácter individual en aquellas unidades que así lo soliciten.
Se podrán programar acciones formativas para las que se manifieste explícitamente
un compromiso de contratación, impartidas en colaboración con entidades públicas o
privadas, que podrán asumir en todo o en parte la actividad formativa, dirigidas
preferentemente a la puesta en marcha de esquemas formativos relacionados con los
sectores que representan mayor empleabilidad a corto y medio plazo, entre los que
destacan el sector de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC); con
nichos de empleo especialmente importantes como pueden ser, entre otros, el desarrollo
software, la gestión de redes de telecomunicaciones, la ciberseguridad, el marketing
digital, el comercio electrónico, la inteligencia artificial y el big data. A estos efectos, el
Ministerio de Defensa suscribirá los correspondientes acuerdos o convenios con las
entidades que colaboren en la impartición y las empresas que efectuarán las
contrataciones.
Se podrán programar acciones formativas que apoyen la promoción profesional de
los militares de tropa y marinería, tanto para acceso a cambio de escala en los centros
docentes militares de enseñanza militar de formación, como cualesquiera otras que
faciliten el acceso al resto de Administraciones Públicas o entidades públicas de carácter
empresarial.
La teleformación combinada con formación presencial (modalidad mixta), será
contemplada en el presente convenio, siendo ésta impartida combinando los recursos
del Campus Virtual Corporativo del Ministerio de Defensa y los existentes en las
unidades que estén autorizadas a impartir las acciones formativas presenciales. Se
podrá autorizar por parte del SEPE la ejecución de cursos cuya modalidad de impartición
está establecida en el Catálogo de Especialidades Formativas como teleformación o
mixta en modalidad presencial, aplicándose los módulos económicos que figuran en
dicho Catálogo.
Examinada la solicitud de programación por la Comisión Mixta, regulada en la
cláusula séptima de este convenio, ésta propondrá la programación definitiva para su
aprobación a la Subdirección General competente del Servicio Público de Empleo
Estatal.
Cuando el Ministerio de Defensa detecte la necesidad de realizar acciones
formativas urgentes no incluidas en la programación anual aprobada, y siempre que

cve: BOE-A-2022-22100
Verificable en https://www.boe.es

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