III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22104)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Caparacena 400, de 230 MW instalados, en Iznalloz y Píñar (Granada)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180345
(9) La eliminación de las encinas y los olivos será planificada y se llevará a cabo de
forma consensuada y en coordinación con el organismo competente autonómico,
recabando la pertinente autorización en caso de ser necesaria. En toda la planta, se
evitará la eliminación de todo pie arbóreo o arbustivo silvestre o de plantaciones de
olivos y almendros, que no comprometa las tareas de construcción, mantenimiento ni el
buen funcionamiento de la planta. Además de los pies a respetar dentro de los límites del
vallado de la planta, se mantendrán 4 hileras de olivos por fuera del vallado y lindando
con la carretera GR-3105, que servirán como pantalla vegetal en esos tramos además
de proporcionar cobijo y alimento a la fauna.
(10) Tal como indica la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía y su Servicio de Coordinación y Gestión
RENPA, se conservarán y recuperarán los setos, linderos, ribazos, sotos y la vegetación
de los márgenes de los caminos, en coordinación con dicho organismo.
(11) Tal como indica el EsIA, se implantará una cubierta vegetal herbácea intravallado para la integración medioambiental y uso de ganado ovino, mediante la elección
correcta de especies nativas, generalmente compuesta por una mezcla de leguminosas
y gramíneas. El control de esta vegetación se realizará preferentemente mediante
pastoreo sin la utilización de perros, pudiendo usarse desbrozadora aunque sin
desbroces en el periodo crítico de reproducción de la mayoría de las especies (marzo,
abril, mayo y junio). No se emplearán, salvo situación excepcional y justificada previa
autorización de la administración competente, productos químicos tales como herbicidas,
insecticidas, rodenticidas, etc. Además, tal y como indica la Estación Experimental de
Zonas Áridas del Ministerio de Ciencia e Innovación, en los casos de revegetación se
prestará especial atención a la utilización de plantas que favorezcan a los insectos
polinizadores, contribuyendo a la conservación de las poblaciones de abejas. Estas
medidas se acompañarán de un respeto por la capa vegetal natural y la instalación de
refugios de insectos.
(12) Tal y como indica la Estación Experimental de Zonas Áridas del Ministerio de
Ciencias e Innovación, además de las medidas indicadas se instalarán oteaderos para
aves rapaces como el busardo ratonero y el cernícalo vulgar, cajas nido para el cernícalo
vulgar y mochuelo, y se colocarán refugios de insectos. El diseño final de estos
elementos que se incluya en el proyecto constructivo debe contar con la aprobación,
previo al inicio de las obras, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Granada y de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
(13) Con carácter general, se evitará la corta del arbolado situado bajo el tendido
eléctrico siempre que sea técnicamente posible, de tal manera que las distancias de
seguridad entre conductores y vegetación se alcancen elevando la cota de los cables o
podando las ramas críticas, excepto cuando el estrato arbóreo esté constituido por
especies de crecimiento rápido o de desarrollo elevado.
(14) Previo al inicio de las obras, se realizarán prospecciones del terreno en época
adecuada y por técnico competente especializado, al objeto de identificar la posible
presencia de especies de fauna, así como nidos y/o refugios, con la finalidad de aplicar
las medidas para evitar o minimizar los posibles impactos. Si se detectara la presencia
de fauna amenazada, nidos o refugios, las obras se paralizarán y se dará aviso al órgano
competente de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada.
(15) Se planificarán los trabajos de construcción de forma que se evite su
realización en horario nocturno, se evitará en todo momento generar molestias que
pudieran suponer cambios en las pautas de conducta de la fauna, así como otras
afecciones negativas sobre las especies de flora y fauna protegida o de significativo valor
natural. La velocidad de circulación de los vehículos dentro del recinto de la PFV, y a ser
posible en las proximidades al mismo, no deberá superar los 20 km/h. Se señalizarán los
pasos de fauna silvestre mediante la instalación de 11 señales para evitar el atropello, en
coordinación con el órgano competente autonómico.
cve: BOE-A-2022-22104
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 307
Viernes 23 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 180345
(9) La eliminación de las encinas y los olivos será planificada y se llevará a cabo de
forma consensuada y en coordinación con el organismo competente autonómico,
recabando la pertinente autorización en caso de ser necesaria. En toda la planta, se
evitará la eliminación de todo pie arbóreo o arbustivo silvestre o de plantaciones de
olivos y almendros, que no comprometa las tareas de construcción, mantenimiento ni el
buen funcionamiento de la planta. Además de los pies a respetar dentro de los límites del
vallado de la planta, se mantendrán 4 hileras de olivos por fuera del vallado y lindando
con la carretera GR-3105, que servirán como pantalla vegetal en esos tramos además
de proporcionar cobijo y alimento a la fauna.
(10) Tal como indica la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y
Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía y su Servicio de Coordinación y Gestión
RENPA, se conservarán y recuperarán los setos, linderos, ribazos, sotos y la vegetación
de los márgenes de los caminos, en coordinación con dicho organismo.
(11) Tal como indica el EsIA, se implantará una cubierta vegetal herbácea intravallado para la integración medioambiental y uso de ganado ovino, mediante la elección
correcta de especies nativas, generalmente compuesta por una mezcla de leguminosas
y gramíneas. El control de esta vegetación se realizará preferentemente mediante
pastoreo sin la utilización de perros, pudiendo usarse desbrozadora aunque sin
desbroces en el periodo crítico de reproducción de la mayoría de las especies (marzo,
abril, mayo y junio). No se emplearán, salvo situación excepcional y justificada previa
autorización de la administración competente, productos químicos tales como herbicidas,
insecticidas, rodenticidas, etc. Además, tal y como indica la Estación Experimental de
Zonas Áridas del Ministerio de Ciencia e Innovación, en los casos de revegetación se
prestará especial atención a la utilización de plantas que favorezcan a los insectos
polinizadores, contribuyendo a la conservación de las poblaciones de abejas. Estas
medidas se acompañarán de un respeto por la capa vegetal natural y la instalación de
refugios de insectos.
(12) Tal y como indica la Estación Experimental de Zonas Áridas del Ministerio de
Ciencias e Innovación, además de las medidas indicadas se instalarán oteaderos para
aves rapaces como el busardo ratonero y el cernícalo vulgar, cajas nido para el cernícalo
vulgar y mochuelo, y se colocarán refugios de insectos. El diseño final de estos
elementos que se incluya en el proyecto constructivo debe contar con la aprobación,
previo al inicio de las obras, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en
Granada y de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
(13) Con carácter general, se evitará la corta del arbolado situado bajo el tendido
eléctrico siempre que sea técnicamente posible, de tal manera que las distancias de
seguridad entre conductores y vegetación se alcancen elevando la cota de los cables o
podando las ramas críticas, excepto cuando el estrato arbóreo esté constituido por
especies de crecimiento rápido o de desarrollo elevado.
(14) Previo al inicio de las obras, se realizarán prospecciones del terreno en época
adecuada y por técnico competente especializado, al objeto de identificar la posible
presencia de especies de fauna, así como nidos y/o refugios, con la finalidad de aplicar
las medidas para evitar o minimizar los posibles impactos. Si se detectara la presencia
de fauna amenazada, nidos o refugios, las obras se paralizarán y se dará aviso al órgano
competente de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Granada.
(15) Se planificarán los trabajos de construcción de forma que se evite su
realización en horario nocturno, se evitará en todo momento generar molestias que
pudieran suponer cambios en las pautas de conducta de la fauna, así como otras
afecciones negativas sobre las especies de flora y fauna protegida o de significativo valor
natural. La velocidad de circulación de los vehículos dentro del recinto de la PFV, y a ser
posible en las proximidades al mismo, no deberá superar los 20 km/h. Se señalizarán los
pasos de fauna silvestre mediante la instalación de 11 señales para evitar el atropello, en
coordinación con el órgano competente autonómico.
cve: BOE-A-2022-22104
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 307