III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22105)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la nueva red ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación Bilbao-Abando".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de diciembre de 2022

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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Con fecha 22 de mayo de 2020 se recibió la respuesta al
requerimiento, en la que numerosos aspectos seguían sin estar correctamente
evaluados, al posponer su análisis y estudio completo a fases posteriores del proyecto,
incluyendo los aspectos más significativos para la evaluación ambiental del estudio
informativo identificados en la fase de información pública y consulta a las
administraciones públicas afectadas y personas interesadas. Asimismo, se detectaron
otros aspectos que también serían evaluados en fases posteriores y que no habían sido
destacados por el promotor.
Con fecha 3 de julio de 2020 se solicitaron sendos informes a la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico (en adelante CHC) y a la Agencia Vasca del Agua (en
adelante, URA) sobre la potencial afección al medio hídrico y al cumplimiento de la
Directiva Marco del Agua por parte de las actuaciones del proyecto, para que también
consideraran la nueva documentación remitida por el promotor con fecha 22 de mayo
de 2020. Se recibió respuesta de la CHC con fecha 11 de enero de 2021 y de la URA
el 25 de marzo de 2021. La CHC informa que debe completarse el estudio
hidrogeológico para que sea posible valorar los aspectos relacionados con las aguas.
Por su parte, la URA valora positivamente la planificación propuesta en el estudio
hidrogeológico, e incide, entre otros aspectos, en la inclusión de medidas que garanticen
la restitución del flujo subterráneo existente antes de la ejecución de los túneles y en el
descenso de los niveles piezométricos que podría implicar el secado de fuentes o
manantiales.
Como consecuencia de la documentación del promotor al requerimiento 40.3 y los
informes recibidos de la CHC y de la URA, se remitió un nuevo requerimiento en virtud
del artículo 40.3 de la citada ley con fecha 5 de febrero de 2021. Se recibe la respuesta
con fecha 13 de octubre de 2021, en la que se concreta la definición de diversos
aspectos del estudio informativo y del EsIA, entre los que se destaca la nueva valoración
de impactos sobre la hidrogeología y los nuevos estudios de ruido y vibraciones para las
fases de construcción y explotación. Como parte de esta respuesta, el promotor incluye
el apéndice «Modificaciones posteriores a información pública» que refleja todas las
modificaciones, adaptaciones e incorporaciones a la alternativa elegida del estudio
informativo:
– Modificación del trazado de la galería de evacuación 1 para diseño asociado al
emboquille del túnel.
– Modificación de la plataforma de seguridad asociada al emboquille de la galería 1 y
ejecución del camino de acceso.
– Retranqueo del emboquille del túnel, dejando al descubierto y entre pantallas un
tramo al inicio del trazado. Es una situación intermedia entre la propuesta original del
estudio informativo original y la propuesta del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias-Alta Velocidad (en adelante, ADIF-AV).
– Para la extracción de tierras de la estación de Bilbao-Abando, se define una nueva
zona de acopio en Lapatza, cuyo acceso se realiza a través de la vía ferroviaria hasta la
propia estación de Lapatza.
– Desarrolla y concreta los puntos de acopio y extracción asociados al túnel de
acceso, de manera que se reflejan los tramos y actuaciones concretas cuya ejecución
genera las tierras que se van a extraer y acopiar en cada uno de los tres puntos
establecidos (Emboquille 0+000, emboquille galería vehicular 2+500 y emboquille galería
vehicular 4+000). Destacar que los tres puntos seleccionados se corresponden con las
futuras plataformas seguras para la evacuación y rescate en caso de emergencia, por lo
que no es preciso realizar ocupaciones temporales, pudiendo aprovecharse estas
superficies durante las obras. Únicamente la plataforma segura número 1, ubicada al
inicio del tramo, requiere la ejecución de un tramo de vial de 70 m de longitud.
– Incorporación de la definición y ubicación de los pozos de ventilación del túnel de
acceso. Se definen 3 pozos de dimensiones 5 x 25 m en los PK 6+272 (17 m de
profundidad), PK 4+970 (79,6 m de profundidad) y PK 2+748 (62,5 m profundidad).

cve: BOE-A-2022-22105
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Núm. 307